Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Jerte. (BOP-2023-820)
BOP-2023-820 Bases Selección Trabajador/a Social del SSB de la Mancomunidad Integral del Valle del Jerte.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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a viernes, siendo susceptible de modificaciones por parte del órgano administrativo competente
para la adaptación a las demandas o necesidades que requiera el servicio.
Desplazamientos: Los desplazamientos necesarios para el desempeño del puesto de trabajo
se realizarán en vehículo propio con derecho a la percepción del “kilometraje” correspondiente.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
Para tomar parte en estas pruebas selectivas, será necesario reunir, en la fecha de expiración
del plazo señalado en la base tercera para la presentación de instancias, durante el desarrollo
del proceso selectivo y mantener hasta el momento de la firma del contrato, los siguientes
requisitos:
a) Tener nacionalidad española o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión
Europea, o nacional de algún Estado en el que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados/as de derecho y sus descendientes y los/as de su
cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o
mayores de dicha edad dependientes.
Así como las personas extranjeras con residencia legal en España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber
sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
CVE:
BOP-2023-820
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de febrero de 2023
N.º 0029
Pág. 4578
para la adaptación a las demandas o necesidades que requiera el servicio.
Desplazamientos: Los desplazamientos necesarios para el desempeño del puesto de trabajo
se realizarán en vehículo propio con derecho a la percepción del “kilometraje” correspondiente.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
Para tomar parte en estas pruebas selectivas, será necesario reunir, en la fecha de expiración
del plazo señalado en la base tercera para la presentación de instancias, durante el desarrollo
del proceso selectivo y mantener hasta el momento de la firma del contrato, los siguientes
requisitos:
a) Tener nacionalidad española o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión
Europea, o nacional de algún Estado en el que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados/as de derecho y sus descendientes y los/as de su
cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o
mayores de dicha edad dependientes.
Así como las personas extranjeras con residencia legal en España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber
sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
CVE:
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N.º 0029
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