Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Jerte. (BOP-2023-820)
BOP-2023-820 Bases Selección Trabajador/a Social del SSB de la Mancomunidad Integral del Valle del Jerte.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante cuando la duración de
las actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de
acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días
concretos de celebración del curso.
Asimismo, no se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los
derivados de procesos selectivos, las prácticas, colaboraciones o tutorías, y los diplomas
relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Se acreditará tal mérito, bien, mediante:
Copia del certificado del curso en el que conste el organismo o la entidad que convocó e
impartió dicha actividad formativa, que está acogido al Acuerdo de Formación para el
empleo de las Administraciones Públicas, las fechas de realización, contenido del curso,
y número de créditos y/o horas asignados.
Copia del diploma en el que conste, además de la información anterior el logotipo de la
Comisión de Formación Continuada, en el supuesto de que no constase que está
acogido al Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas.
Ello no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
b.2) Por asistir:
Actividades formativas realizados de menos de 10 horas: 0,02 puntos por cada actividad
formativa.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas, ni días, se
valorarán con 0,02 puntos.
Se valorarán con 0,03 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas presentados por los/as aspirantes. Estableciéndose la equivalencia de 1
crédito con 10 horas.
Para el caso de que el certificado o diploma indique los créditos y las horas de duración, la
valoración se realizará siempre por los créditos que figuren en éste.
CVE:
BOP-2023-820
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de febrero de 2023
N.º 0029
Pág. 4588
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formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante cuando la duración de
las actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de
acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días
concretos de celebración del curso.
Asimismo, no se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los
derivados de procesos selectivos, las prácticas, colaboraciones o tutorías, y los diplomas
relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Se acreditará tal mérito, bien, mediante:
Copia del certificado del curso en el que conste el organismo o la entidad que convocó e
impartió dicha actividad formativa, que está acogido al Acuerdo de Formación para el
empleo de las Administraciones Públicas, las fechas de realización, contenido del curso,
y número de créditos y/o horas asignados.
Copia del diploma en el que conste, además de la información anterior el logotipo de la
Comisión de Formación Continuada, en el supuesto de que no constase que está
acogido al Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas.
Ello no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
b.2) Por asistir:
Actividades formativas realizados de menos de 10 horas: 0,02 puntos por cada actividad
formativa.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas, ni días, se
valorarán con 0,02 puntos.
Se valorarán con 0,03 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas presentados por los/as aspirantes. Estableciéndose la equivalencia de 1
crédito con 10 horas.
Para el caso de que el certificado o diploma indique los créditos y las horas de duración, la
valoración se realizará siempre por los créditos que figuren en éste.
CVE:
BOP-2023-820
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de febrero de 2023
N.º 0029
Pág. 4588