Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios del Valle del Ambroz. (BOP-2023-819)
BOP-2023-819 Convocatoria y bases selección por oposición libre de dos dinamizadores/as deportivos/as en régimen de personal laboral fijo.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula
de pleno derecho.
En el plazo de los 10 días naturales a contar de la publicación de la relación definitiva de
aprobados por orden decreciente en la sede electrónica de la Mancomunidad, los
aspirantes que figuren en primera y segunda posición deberán presentar los siguientes
documentos:
a) Copia autentica del DNI o pasaporte.
b) Copia autentica de la titulación exigida para la participación y el acceso al proceso
selectivo convocado o certificación que acredite haber realizado y aprobado los estudios
necesarios para la expedición del título exigido para el acceso al proceso selectivo.
c) Declaración jurada o responsable de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio en ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas.
d) Declaración jurada o responsable de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos
de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Quienes
tuvieran la condición de funcionarios estarán exentos de justificar documentalmente las
condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento,
debiendo presentar certificación de la Administración de quien dependan, acreditando
cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio.
e) Certificado médico acreditativo de la capacidad funcional para el normal desempeño
de las funciones propias del puesto de trabajo.
f) Certificado negativo de antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual.
g) Copia autentica del permiso de conducción exigido para la participación y el acceso al
proceso selectivo convocado.
Una vez aportada la documentación exigida, se requerirá al seleccionado para la
formalización del contrato en el plazo que se indique en dicho requerimiento.
La falta de presentación de la documentación requerida, o si del examen de la misma se
dedujera que carece de alguno de los requisitos o la falta de formalización del contrato,
dentro de los respectivos plazos establecidos, por parte del aspirante seleccionado,
salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada, determinará la imposibilidad de
formalizar el contrato, quedando anuladas respecto a él las actuaciones y decayendo en
todos sus derechos, sin perjuicio de otras posibles responsabilidades en que hubiera
podido incurrir.
En estos casos el tribunal formulará propuesta de contratación a favor del siguiente de
la lista, según el orden de puntuación en todo caso.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que
corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se
deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una
copia básica de los contratos celebrados.
Hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos de trabajo
correspondientes, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.
Periodo de prueba:
Se establece un periodo de prueba de seis meses, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 14 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que se iniciará una vez los aspirantes
Mancomunidad Valle del Ambroz
Tras de Diego, 20, Hervas. 10700 (Cáceres). Tfno. 927481271. Fax: 927481236 7
Cód.
Validación:
7WFD9CXNKANQKETC4L696C9AS
|
Verificación:
https://valleambroz.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2023-819
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en:
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Viernes, 10 de febrero de 2023
N.º 0029
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de pleno derecho.
En el plazo de los 10 días naturales a contar de la publicación de la relación definitiva de
aprobados por orden decreciente en la sede electrónica de la Mancomunidad, los
aspirantes que figuren en primera y segunda posición deberán presentar los siguientes
documentos:
a) Copia autentica del DNI o pasaporte.
b) Copia autentica de la titulación exigida para la participación y el acceso al proceso
selectivo convocado o certificación que acredite haber realizado y aprobado los estudios
necesarios para la expedición del título exigido para el acceso al proceso selectivo.
c) Declaración jurada o responsable de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio en ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas.
d) Declaración jurada o responsable de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos
de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Quienes
tuvieran la condición de funcionarios estarán exentos de justificar documentalmente las
condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento,
debiendo presentar certificación de la Administración de quien dependan, acreditando
cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio.
e) Certificado médico acreditativo de la capacidad funcional para el normal desempeño
de las funciones propias del puesto de trabajo.
f) Certificado negativo de antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual.
g) Copia autentica del permiso de conducción exigido para la participación y el acceso al
proceso selectivo convocado.
Una vez aportada la documentación exigida, se requerirá al seleccionado para la
formalización del contrato en el plazo que se indique en dicho requerimiento.
La falta de presentación de la documentación requerida, o si del examen de la misma se
dedujera que carece de alguno de los requisitos o la falta de formalización del contrato,
dentro de los respectivos plazos establecidos, por parte del aspirante seleccionado,
salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada, determinará la imposibilidad de
formalizar el contrato, quedando anuladas respecto a él las actuaciones y decayendo en
todos sus derechos, sin perjuicio de otras posibles responsabilidades en que hubiera
podido incurrir.
En estos casos el tribunal formulará propuesta de contratación a favor del siguiente de
la lista, según el orden de puntuación en todo caso.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que
corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se
deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una
copia básica de los contratos celebrados.
Hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos de trabajo
correspondientes, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.
Periodo de prueba:
Se establece un periodo de prueba de seis meses, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 14 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que se iniciará una vez los aspirantes
Mancomunidad Valle del Ambroz
Tras de Diego, 20, Hervas. 10700 (Cáceres). Tfno. 927481271. Fax: 927481236 7
Cód.
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