Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios del Valle del Ambroz. (BOP-2023-819)
BOP-2023-819 Convocatoria y bases selección por oposición libre de dos dinamizadores/as deportivos/as en régimen de personal laboral fijo.
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propuestos se haya incorporado al puesto de trabajo.
Este periodo de prueba forma parte del proceso selectivo y si alguna persona aspirante
no lo superara, perderá todos los derechos derivados del proceso de selección, y se
llamará en iguales condiciones a la persona que lo siga en la orden de puntuación,
siempre que hayan superado el procedimiento de selección.
DÉCIMA. Constitución de bolsa de trabajo
Se constituirá una bolsa de trabajo con las personas que superen el proceso de selección
y no resulten contratadas, a fin de que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que
pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente debidas a bajas por
enfermedad, maternidad, vacante, etc. La bolsa será ordenada según la puntuación
obtenida.
El aspirante dispondrá de un plazo máximo de diez días hábiles desde el llamamiento
para presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos
en estas bases. En el supuesto de no presentarla en el indicado plazo, se entenderá
que rechaza la oferta y se situará al final de la lista de inscritos. Si el rechazo se efectúa
tres veces consecutivas, será excluido de la bolsa.
En aquellos casos en que se rechace la oferta alegando incapacidad laboral transitoria
enfermedad o maternidad, se les mantendrá el orden que originalmente ocupaban en la
bolsa. La concurrencia de tales causas deberá quedar suficientemente acreditada por
cualquier medio admisible en Derecho.
El integrante de la bolsa de empleo que obtenga un contrato con la Mancomunidad
causará baja en la bolsa y, una ve finalizado el contrato, volverá a causar alta en el
puesto que le corresponda según la puntuación final obtenida. Cuando el periodo de
contratación, acumulado en uno o varios contratos, supere los cuatro meses de
duración, la reincorporación a la bolsa se hará en último lugar.
La renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia durante la vigencia del contrato,
no darán lugar a la exclusión de la bolsa de trabajo, pero ocasionará un cambio de lugar
del puesto, dentro de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la
bolsa. Si el rechazo se efectúa tres veces consecutivas, será excluido de la bolsa.
Las personas incluidas en la bolsa de trabajo tendrán que presentar datos personales
suficientes que permitan su pronta localización, siendo responsables de que estén
actualizados en todo momento.
Esta bolsa de trabajo tendrá una vigencia máxima de tres años desde la publicación de
la lista definitiva de aprobados.
UNDÉCIMA. Incidencias
El tribunal queda facultado para resolver las dudas e incidencias que puedan presentarse
durante el proceso selectivo y tomar los acuerdos necesarios para la buena marcha del
mismo.
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de
las presentes bases se ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de
designar a todos los individuos, sin distinción de sexos.
Mancomunidad Valle del Ambroz
Tras de Diego, 20, Hervas. 10700 (Cáceres). Tfno. 927481271. Fax: 927481236 8
Cód.
Validación:
7WFD9CXNKANQKETC4L696C9AS
|
Verificación:
https://valleambroz.sedelectronica.es/
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electrónicamente
desde
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Viernes, 10 de febrero de 2023
N.º 0029
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