Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Viandar de la Vera. (BOP-2023-706)
BOP-2023-706 Bases Específicas del puesto de Alguacil, convocado por concurso de méritos dentro del proceso extraordinario Estabilización establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Ayuntamiento de Viandar de la Vera
BASES ESPECÍFICAS PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN QUE CONVOCA EL
AYUNTAMIENTO DE VIANDAR DE LA VERA EN EL MARCO DE LOS PROCESOS
EXTRAORDINARIOS DE ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL, EN APLICACIÓN
DE LA LEY 20/2021 PARA LA REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD PARA EL PUESTO
DE ALGUACIL POR CONCURSO DE MÉRITOS
1. EXPOSICIÓN.
El Ayuntamiento de Viandar de la Vera, mediante Resolución de Alcaldía número 2022-0086
de fecha 30 de mayo, con acuerdo de la mesa de negociación colectiva aprobó la Oferta de
Empleo Público para la estabilización del empleo temporal en el Ayuntamiento de Viandar de
la Vera, siendo publicado el anuncio con fecha 1 de junio de 2022 en el Boletín Oficial de la
Provincia y con fecha 31 de mayo de 2022 en el Diario Oficial de Extremadura.
Teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de
estabilización de empleo temporal es reducir la temporalidad de los/as empleados/as
públicos, a fin de su estabilización, se considera crucial su experiencia acumulada a lo largo
de toda la trayectoria profesional en la Administración Pública
Mediante Resolución de Alcaldía se han aprobado las Bases Generales que han de regir los
procesos selectivos que convocará el Ayuntamiento de Viandar de la Vera en el marco de los
procesos extraordinarios de estabilización del empleo temporal en aplicación de la Ley
20/2021 para la reducción de la temporalidad.
Las presentes Bases Específicas, aprobadas también mediante Resolución de Alcaldía,
desarrollan las Bases Generales con objeto de regular el proceso selectivo por el sistema de
concurso de méritos para 1 puesto de ALGUACIL, a jornada completa.
2. BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO SELECTIVO POR CONCURSO DE MÉRITOS
PARA EL PUESTO DE ALGUACIL.
PRIMERA. Plazas convocadas.
La ley 20/2021 de 28 de diciembre en su Disposición adicional sexta, “Convocatoria
excepcional de estabilización de empleo temporal de empleo de larga duración” establece
que las Administraciones públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo
previsto en el art. 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que,
reuniendo los requisitos establecidos en el art 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter
temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
La plaza de ALGUACIL cumple el requisito de la disposición adicional sexta.
DENOMINACIÓN JORNADA
Nº DE
PLAZA
S
GRUPO
ALGUACIL 100% 1 5
Ayuntamiento de Viandar de la Vera
Avda. de la Constitución, 32, Viandar de la Vera. 10492 (Cáceres). Tfno. 927573631. Fax: 927573743
Cód.
Validación:
55965KYYWRTZH49XMH4DDTZQP
|
Verificación:
https://viandardelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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de
3
CVE:
BOP-2023-706
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de febrero de 2023
N.º 0026
Pág. 4105
BASES ESPECÍFICAS PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN QUE CONVOCA EL
AYUNTAMIENTO DE VIANDAR DE LA VERA EN EL MARCO DE LOS PROCESOS
EXTRAORDINARIOS DE ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL, EN APLICACIÓN
DE LA LEY 20/2021 PARA LA REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD PARA EL PUESTO
DE ALGUACIL POR CONCURSO DE MÉRITOS
1. EXPOSICIÓN.
El Ayuntamiento de Viandar de la Vera, mediante Resolución de Alcaldía número 2022-0086
de fecha 30 de mayo, con acuerdo de la mesa de negociación colectiva aprobó la Oferta de
Empleo Público para la estabilización del empleo temporal en el Ayuntamiento de Viandar de
la Vera, siendo publicado el anuncio con fecha 1 de junio de 2022 en el Boletín Oficial de la
Provincia y con fecha 31 de mayo de 2022 en el Diario Oficial de Extremadura.
Teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de
estabilización de empleo temporal es reducir la temporalidad de los/as empleados/as
públicos, a fin de su estabilización, se considera crucial su experiencia acumulada a lo largo
de toda la trayectoria profesional en la Administración Pública
Mediante Resolución de Alcaldía se han aprobado las Bases Generales que han de regir los
procesos selectivos que convocará el Ayuntamiento de Viandar de la Vera en el marco de los
procesos extraordinarios de estabilización del empleo temporal en aplicación de la Ley
20/2021 para la reducción de la temporalidad.
Las presentes Bases Específicas, aprobadas también mediante Resolución de Alcaldía,
desarrollan las Bases Generales con objeto de regular el proceso selectivo por el sistema de
concurso de méritos para 1 puesto de ALGUACIL, a jornada completa.
2. BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO SELECTIVO POR CONCURSO DE MÉRITOS
PARA EL PUESTO DE ALGUACIL.
PRIMERA. Plazas convocadas.
La ley 20/2021 de 28 de diciembre en su Disposición adicional sexta, “Convocatoria
excepcional de estabilización de empleo temporal de empleo de larga duración” establece
que las Administraciones públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo
previsto en el art. 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que,
reuniendo los requisitos establecidos en el art 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter
temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
La plaza de ALGUACIL cumple el requisito de la disposición adicional sexta.
DENOMINACIÓN JORNADA
Nº DE
PLAZA
S
GRUPO
ALGUACIL 100% 1 5
Ayuntamiento de Viandar de la Vera
Avda. de la Constitución, 32, Viandar de la Vera. 10492 (Cáceres). Tfno. 927573631. Fax: 927573743
Cód.
Validación:
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N.º 0026
Pág. 4105