Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Granadilla. (BOP-2023-691)
BOP-2023-691 Aprobación definitiva Ordenanza municipal reguladora del alumbrado exterior para la protección del cielo nocturno de Extremadura.
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imprescindible y se declararán de manera justificada.
2. Se consideran puntos de referencia:
a) Observatorios o enclaves dedicados a estudios científicos, académicos o de
postgrado.
b) Localizaciones o enclaves de especial interés en la divulgación del cielo nocturno o el
turismo astronómico.
Los puntos de referencia han de estar rodeados por una zona de influencia, determinada en
cada caso de modo que se garantice la preservación del mismo.
Artículo 5. Zonificación del término municipal de Guijo de Granadilla.
Para la elaboración de la zonificación lumínica se ha utilizado el planeamiento urbanístico en
vigor y se recoge en el Anexo I la zonificación lumínica del término municipal de Guijo de
Granadilla.
Artículo 6. Revisión de la zonificación lumínica.
El Ayuntamiento revisará la zonificación lumínica de su territorio en las siguientes
circunstancias:
1. Cuando la Consejería competente en materia de contaminación lumínica declare las zonas
de su competencia, siempre que dicha declaración afecte al municipio.
2. Cuando la Consejería competente en materia de contaminación lumínica establezca una
nueva zona E1 o un nuevo punto de referencia, con su zona de influencia, que afecte al
municipio.
3. Tras la aprobación definitiva o cualquier modificación del instrumento de planeamiento
urbanístico general que comporte la alteración de las condiciones urbanísticas de los usos del
suelo.
4. Cuando concurran causas justificadas no contempladas en la presente ordenanza que
autoricen su modificación en cada caso concreto.
CVE:
BOP-2023-691
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de febrero de 2023
N.º 0026
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