Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaveruela de la Vera. (BOP-2023-618)
BOP-2023-618 Bases Específicas Auxiliar Administrativo/a por Concurso Oposición - Proceso de Estabilización Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Ayuntamiento de Talaveruela de la Vera
1. Por cada mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de Talaveruela de la Vera como
AUXILIAR ADMINISTRATIVO, se otorgará 0,09 puntos por mes, hasta un máximo de 6 puntos.
2. Por cada mes de servicios prestados en cualquier Administración Pública en plazas de
igual denominación o similar y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de las plazas
convocadas, se otorgarán 0,02 puntos por mes, hasta un máximo de 2 puntos.
B. Otros méritos: 2 puntos máximos.
b.1) Formación ocupacional. Máximo 1 puntos.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios
profesionales, cuyo contenido esté relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y
subescala o categoría profesional del puesto al que se opta.
También se valorarán los cursos de contenidos trasversales (prevención de riesgos laborales,
informática, TIC, igualdad, idiomas, etc.) que contribuyan al mejor ejercicio de las funciones
del puesto de trabajo convocado.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
 Actividades formativas recibidas. Se valorarán con 0,10 puntos cada crédito,
estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
Las actividades formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no
especifiquen número de horas se valorarán con 0,10 puntos cada una.
 Actividades formativas impartidas. Se valorarán con 0,10 puntos cada crédito,
estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
Las actividades formativas impartidas de menos de 10 horas y las que no
especifiquen número de horas se valorarán con 0,10 puntos cada una.
b.2) Titulación académica. Máximo 1 punto.
Se valorará estar en posesión de títulos académicos distintos al exigido en la convocatoria
para el ingreso, de igual nivel o superior, siempre que estén relacionados con el puesto al
que se aspira o aporten mayor cualificación para el mejor ejercicio de las funciones del
puesto.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo, aplicado a cada título
académico que se acredite:
 Por estar en posesión de títulos de Ciclos Formativo de Grado Medio (o FP I): 0,25
puntos.
 Por estar en posesión del título de Bachiller o de Ciclos Formativos de Grado Superior
(o FPII): 0,35 puntos
 Por estar en posesión de título universitario: 0,40 puntos.
QUINTO. Todo aquello no recogido en las presentes Bases Específicas, queda regulado en las
Bases Generales que han de regir los procesos selectivos convocados por el Ayuntamiento de
Talaveruela de la Vera, en el marco de los procesos extraordinarios de estabilización del
empleo temporal, en aplicación de la Ley 20/2021 para la reducción de la temporalidad.
Ayuntamiento de Talaveruela de la Vera
Plaza España, 1, Talaveruela de la Vera. 10491 (Cáceres). Tfno. 927573689. Fax: 927573851
Cód.
Validación:
5XWH49F7SWJDH47FC4M4L3JS5
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Verificación:
https://talaverueladelavera.sedelectronica.es/
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Viernes, 3 de febrero de 2023
N.º 0024
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