Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-549)
BOP-2023-549 EXTRACTO. Bases y Convocatoria de subvención para la mejora de infraestructura eléctrica (MIE-2023).
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3. SISTEMA DE TRAMITACIÓN.
La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la
Diputación Provincial de Cáceres. La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es:
https://sede.dip-caceres.es
La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en
su caso, la fase de reintegro, no siendo admitido ninguna solicitud o documento entregado por
otra vía.
4. SOLICITUDES Y DOCUMENTOS.
4.1. SOLICITUD.
Solo se puede presentar y subvencionar una única actuación por cada entidad solicitante, salvo
en el supuesto en que la actuación a subvencionar se ejecute en el término municipal de una
Entidad Local Menor, en cuyo caso el municipio matriz podrá solicitar subvención para una
actuación en su municipio y otra por cada una de las Entidades Locales Menores que tenga
adscrita.
Las solicitudes se cumplimentarán necesariamente con los medios electrónicos disponibles en
la sede electrónica de la Diputación Provincial, de acuerdo con las instrucciones publicadas a
tal efecto.
En el formulario de solicitud aparecerán, entre otras, las siguientes informaciones a completar:
1. Información del/a entidad solicitante y conjunto de autorizaciones y declaraciones.
Para proceder a la tramitación de la subvención, la entidad solicitante deberá introducir todos
sus datos identificativos en los campos marcados como obligatorios. El carácter obligatorio de
la información vendrá expresado de forma clara en la propia sede.
Podrá autorizar a la Diputación para que pueda obtener directamente y/o por medios
telemáticos la información/los datos necesarios para comprobar el cumplimiento de los
requisitos establecidos en las bases de este procedimiento.
Deberá declarar de forma obligatoria no incurrir en ninguna causa de incompatibilidad que
impida acceder a la subvención, así como autorizar a recibir todas las comunicaciones y
notificaciones que se realicen a lo largo de la tramitación del expediente electrónico a través del
registro electrónico.
CVE:
BOP-2023-549
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 1 de febrero de 2023
N.º 0022
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La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la
Diputación Provincial de Cáceres. La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es:
https://sede.dip-caceres.es
La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en
su caso, la fase de reintegro, no siendo admitido ninguna solicitud o documento entregado por
otra vía.
4. SOLICITUDES Y DOCUMENTOS.
4.1. SOLICITUD.
Solo se puede presentar y subvencionar una única actuación por cada entidad solicitante, salvo
en el supuesto en que la actuación a subvencionar se ejecute en el término municipal de una
Entidad Local Menor, en cuyo caso el municipio matriz podrá solicitar subvención para una
actuación en su municipio y otra por cada una de las Entidades Locales Menores que tenga
adscrita.
Las solicitudes se cumplimentarán necesariamente con los medios electrónicos disponibles en
la sede electrónica de la Diputación Provincial, de acuerdo con las instrucciones publicadas a
tal efecto.
En el formulario de solicitud aparecerán, entre otras, las siguientes informaciones a completar:
1. Información del/a entidad solicitante y conjunto de autorizaciones y declaraciones.
Para proceder a la tramitación de la subvención, la entidad solicitante deberá introducir todos
sus datos identificativos en los campos marcados como obligatorios. El carácter obligatorio de
la información vendrá expresado de forma clara en la propia sede.
Podrá autorizar a la Diputación para que pueda obtener directamente y/o por medios
telemáticos la información/los datos necesarios para comprobar el cumplimiento de los
requisitos establecidos en las bases de este procedimiento.
Deberá declarar de forma obligatoria no incurrir en ninguna causa de incompatibilidad que
impida acceder a la subvención, así como autorizar a recibir todas las comunicaciones y
notificaciones que se realicen a lo largo de la tramitación del expediente electrónico a través del
registro electrónico.
CVE:
BOP-2023-549
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 1 de febrero de 2023
N.º 0022
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