Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hoyos. (BOP-2023-525)
BOP-2023-525 Aprobación definitiva de la modificación Ordenanza Municipal Fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos.
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fueran procedentes con arreglo a esta ley y de aquellas que fueran procedentes de acuerdo
con la legislación sectorial aplicable, los siguientes actos:
Las obras de toda clase de nueva planta.
La demolición de edificaciones y construcciones, salvo en los supuestos de
declaración de ruina inminente.
Las obras de urbanización no incluidas en proyectos de urbanización o actuaciones
aisladas de urbanización.
Las obras de ampliación, modificación, reforma, rehabilitación o demolición cuando
alteren la configuración arquitectónica del edificio por tener el carácter de intervención
total o, aun tratándose de intervenciones parciales, por producir una variación esencial
de la composición general exterior, la volumetría, la envolvente global o el sistema
estructural, o cuando tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.
Los movimientos de tierra, tales como desmontes, explanaciones, excavaciones y
terraplenados, salvo que su ejecución forme parte de un proyecto de urbanización o de
edificación aprobado por el Ayuntamiento.
La extracción de áridos y la explotación de canteras.
Los trabajos de investigación relacionados con actividades mineras que puedan
afectar a la configuración de los terrenos.
La ubicación de construcciones e instalaciones prefabricadas, provisionales o
permanentes.
La instalación de invernaderos de altura igual o superior a 1 metro y cuya superficie
ocupada sea igual o superior a 500 m2.
Las instalaciones que se ubiquen en o afecten al subsuelo.
La apertura de caminos o vías de acceso de titularidad privada o la modificación de su
trazado.
La modificación del uso característico o mayoritario de los edificios, construcciones e
instalaciones.
La instalación de tendidos eléctricos, telefónicos u otros similares y de redes de
transporte de energía.
Las construcciones e instalaciones de carácter temporal destinadas a espectáculos
públicos y actividades recreativas.
La construcción de presas, balsas, obras de defensa y corrección de cauces públicos,
y, en general, cualquier tipo de obras o usos que afecten a la configuración del
territorio.
Los demás actos que señalen los instrumentos de planeamiento de ordenación
territorial y urbanística u ordenanzas municipales.
CVE:
BOP-2023-525
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de enero de 2023
N.º 0021
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