Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. (BOP-2023-513)
BOP-2023-513 Aprobación Reglamento servicio municipal de abastecimiento de agua potable, alcantarillado y depuración.
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CAPÍTULO VI. ACOMETIDAS.
ARTÍCULO 32. CONCESIÓN DE LAS ACOMETIDAS.
La concesión de acometidas para suministro de agua potable, corresponde al Servicio
Municipal de Aguas y estará supeditada a que se cumplan las condiciones de abastecimiento
pleno, que se establecen seguidamente:
1. Que el inmueble a abastecer esté situado en el área de cobertura del abastecimiento.
2. Que el inmueble que se pretende abastecer cuente con instalaciones interiores disponibles y
adecuadas a las normas del presente Reglamento.
3. Que el inmueble a abastecer disponga de acometida para vertidos de agua residuales y
pluviales, o tenga resuelto el sistema de evacuación de las mismas, disponiendo, en éste caso,
de las autorizaciones precisas para ello.
4. Que en las calles o plazas de carácter público que linden con el inmueble, o en el que estén
las fachadas, existan instaladas y en servicio, conducciones públicas de la red de distribución
de agua potable.
ARTÍCULO 33. CARACTERÍSTICAS DE LAS ACOMETIDAS.
Las características de las acometidas, tanto en lo que respecta a sus dimensiones,
componentes, tipo y calidad de sus materiales, como a su forma de ejecución punto de
conexión, serán determinadas por el Servicio Municipal de Aguas, de acuerdo con lo
establecido en las Normas Básicas para Instalaciones Interiores y Código Técnico de
Edificación HS 4 (Suministro de Agua) y HS 5 (Evacuación de aguas), en base al uso del
inmueble a abastecer, consumos previsibles y condiciones de presión.
ARTÍCULO 34. TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES.
Las solicitudes de acometidas se harán por los/as peticionarios/as al Servicio Municipal de
Aguas, en el impreso normalizado que, al efecto, facilitará éste.
A la referida solicitud deben acompañar, como mínimo, la siguiente documentación:
Memoria Técnica suscrita por el/a Técnico/a Autor/a del Proyecto de las Obras de
Edificación, o, en su caso, de las instalaciones que se trate.
Escritura de propiedad o documento que acredite la disponibilidad del inmueble para el
que se solicita la acometida.
CVE:
BOP-2023-513
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de enero de 2023
N.º 0020
Pág. 3197
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CAPÍTULO VI. ACOMETIDAS.
ARTÍCULO 32. CONCESIÓN DE LAS ACOMETIDAS.
La concesión de acometidas para suministro de agua potable, corresponde al Servicio
Municipal de Aguas y estará supeditada a que se cumplan las condiciones de abastecimiento
pleno, que se establecen seguidamente:
1. Que el inmueble a abastecer esté situado en el área de cobertura del abastecimiento.
2. Que el inmueble que se pretende abastecer cuente con instalaciones interiores disponibles y
adecuadas a las normas del presente Reglamento.
3. Que el inmueble a abastecer disponga de acometida para vertidos de agua residuales y
pluviales, o tenga resuelto el sistema de evacuación de las mismas, disponiendo, en éste caso,
de las autorizaciones precisas para ello.
4. Que en las calles o plazas de carácter público que linden con el inmueble, o en el que estén
las fachadas, existan instaladas y en servicio, conducciones públicas de la red de distribución
de agua potable.
ARTÍCULO 33. CARACTERÍSTICAS DE LAS ACOMETIDAS.
Las características de las acometidas, tanto en lo que respecta a sus dimensiones,
componentes, tipo y calidad de sus materiales, como a su forma de ejecución punto de
conexión, serán determinadas por el Servicio Municipal de Aguas, de acuerdo con lo
establecido en las Normas Básicas para Instalaciones Interiores y Código Técnico de
Edificación HS 4 (Suministro de Agua) y HS 5 (Evacuación de aguas), en base al uso del
inmueble a abastecer, consumos previsibles y condiciones de presión.
ARTÍCULO 34. TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES.
Las solicitudes de acometidas se harán por los/as peticionarios/as al Servicio Municipal de
Aguas, en el impreso normalizado que, al efecto, facilitará éste.
A la referida solicitud deben acompañar, como mínimo, la siguiente documentación:
Memoria Técnica suscrita por el/a Técnico/a Autor/a del Proyecto de las Obras de
Edificación, o, en su caso, de las instalaciones que se trate.
Escritura de propiedad o documento que acredite la disponibilidad del inmueble para el
que se solicita la acometida.
CVE:
BOP-2023-513
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de enero de 2023
N.º 0020
Pág. 3197