Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Collado de la Vera. (BOP-2023-503)
BOP-2023-503 Aprobación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
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7. La presentación de la baja surtirá efectos a partir del día siguiente a su presentación siempre
que entregue la placa pues es obligación para el/a interesado/a llevar la placa al Ayuntamiento.
La no presentación de la baja ni la entrega de la placa determinará la obligación de continuar
abonando la tasa.
En el supuesto de que no se pueda entregar la placa por el/a interesado/a abonará una
penalización de 50 €.
8. Los sujetos pasivos tienen obligación de comunicar a la Administración todo tipo de
variaciones físicas, jurídicas o económicas que sufran los inmuebles. Dichas modificaciones,
surtirán efectos en el ejercicio siguiente al de la comunicación a este Ayuntamiento.
En los supuestos de transmisión de la autorización, siempre que no se produzca un cambio de
destino, el/a nuevo/a titular se subrogará en los derechos y obligaciones que correspondan al
transmitente.
La transmisión deberá ponerse en conocimiento del Ayuntamiento mediante escrito. En tanto
no se produzca dicha comunicación, el transmitente y adquirente quedarán solidariamente
sujetos a las obligaciones y responsabilidades que se deriven para el/a titular de la
autorización.
ART. 12 INFRACCIONES Y SANCIONES.
En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, y las disposiciones
que la desarrollen.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.
La presente Ordenanza fiscal, entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el
Boletín Oficial de la Provincia.
Collado de la Vera, 25 de enero de 2023
María Montserrat Fernández Castillo
ALCALDESA
CVE:
BOP-2023-503
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de enero de 2023
N.º 0020
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