Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2023-472)
BOP-2023-472 Aprobación definitiva Modificación de Ordenanza.
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detrimento al tránsito peatonal, ni ocupando fachadas de vecinos/as a los/as que puedan
molestar para que sea autorizado por la Junta de Gobierno Local.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cáceres con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Alcuéscar, 23 de enero de 2023
Dionisio Vasco Juez
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2023-472
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de enero de 2023
N.º 0019
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