Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2023-423)
BOP-2023-423 Bases y Convocatoria para cubrir una plaza de Agente de Policía Local.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Será dirigida a determinar la aptitud psicológica y adecuación al perfil profesional de
estos puestos de trabajo.
e) Prueba médica.
Esta prueba tiene como objetivo garantizar la idoneidad física de las personas aspirantes
para el ejercicio de la función policial a desempeñar y se realizará conforme al cuadro de
exclusiones médicas establecido en el anexo I del Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el
que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las
Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único .
La prueba de reconocimiento médico solo será realizada por quienes hayan superado las
pruebas anteriores del proceso selectivo.
Las pruebas médicas serán realizadas por los Servicios Médicos que designe el
Ayuntamiento.
La realización del reconocimiento médico implica el consentimiento de las y los
aspirantes que los resultados del mismo sean puestos a disposición del Tribunal
Calificador a los fines expresados y sirvan de fundamento para la evaluación y
calificación de las mismas.
Se realizarán las pruebas clínicas, analíticas, complementarias o de otra clase que se
consideren necesarias para la comprobación de que no incurre en ninguna de las causas
de exclusión establecidas en el anexo I del Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se
regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías
Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único .
Calificación de las pruebas de la fase de oposición.
1. Las diferentes pruebas de la fase de oposición establecidas en el artículo anterior
serán calificadas de la siguiente forma:
a) La prueba psicotécnica y la prueba médica se calificarán como “APTO/APTA” o
“NO APTO/NO APTA”.
b) La prueba teórica y la prueba práctica se calificarán de cero a diez puntos, siendo
necesario obtener en cada una de ellas un mínimo de cinco puntos para superarla.
c) Las pruebas físicas serán puntuables conforme a lo establecido en el anexo II.
Para la superación de las distintas pruebas físicas deberán alcanzarse las marcas
mínimas que se establecen en dicho anexo II para cada una de ellas. En caso contrario,
el o la aspirante obtendrá la calificación de NO APTO/ NO APTA. La calificación
numérica de quienes superen cada prueba se realizará con una puntuación
comprendida entre cinco y diez puntos, conforme se relaciona en las tablas del anexo
II. La calificación global de dichas pruebas físicas será la media aritmética de todas las
obtenidas en cada una de ellas.
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Miércoles, 25 de enero de 2023
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estos puestos de trabajo.
e) Prueba médica.
Esta prueba tiene como objetivo garantizar la idoneidad física de las personas aspirantes
para el ejercicio de la función policial a desempeñar y se realizará conforme al cuadro de
exclusiones médicas establecido en el anexo I del Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el
que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las
Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único .
La prueba de reconocimiento médico solo será realizada por quienes hayan superado las
pruebas anteriores del proceso selectivo.
Las pruebas médicas serán realizadas por los Servicios Médicos que designe el
Ayuntamiento.
La realización del reconocimiento médico implica el consentimiento de las y los
aspirantes que los resultados del mismo sean puestos a disposición del Tribunal
Calificador a los fines expresados y sirvan de fundamento para la evaluación y
calificación de las mismas.
Se realizarán las pruebas clínicas, analíticas, complementarias o de otra clase que se
consideren necesarias para la comprobación de que no incurre en ninguna de las causas
de exclusión establecidas en el anexo I del Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se
regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías
Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único .
Calificación de las pruebas de la fase de oposición.
1. Las diferentes pruebas de la fase de oposición establecidas en el artículo anterior
serán calificadas de la siguiente forma:
a) La prueba psicotécnica y la prueba médica se calificarán como “APTO/APTA” o
“NO APTO/NO APTA”.
b) La prueba teórica y la prueba práctica se calificarán de cero a diez puntos, siendo
necesario obtener en cada una de ellas un mínimo de cinco puntos para superarla.
c) Las pruebas físicas serán puntuables conforme a lo establecido en el anexo II.
Para la superación de las distintas pruebas físicas deberán alcanzarse las marcas
mínimas que se establecen en dicho anexo II para cada una de ellas. En caso contrario,
el o la aspirante obtendrá la calificación de NO APTO/ NO APTA. La calificación
numérica de quienes superen cada prueba se realizará con una puntuación
comprendida entre cinco y diez puntos, conforme se relaciona en las tablas del anexo
II. La calificación global de dichas pruebas físicas será la media aritmética de todas las
obtenidas en cada una de ellas.
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Miércoles, 25 de enero de 2023
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