Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-411)
BOP-2023-411 Convocatoria Plan de Empleo para Ayuntamientos y E.L.M. 2023.
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mantenimiento de servicios públicos.
Las subvenciones que se obtengan como consecuencia del Plan tienen por finalidad el
fomento, el impulso, la solidaridad, el reequilibrio intermunicipal y territorial de las entidades
locales de la provincia, así como el cumplimiento que, en base al artículo 36 de la Ley de
Bases de Régimen Local, se le otorga a la Diputación Provincial y, que especialmente tiene
como competencia “la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la
planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás
Administraciones Públicas en este ámbito.”
BASES
BASE PRIMERA. OBJETO. BENEFICIARIOS/AS. CRITERIOS DE REPARTO.
Objeto:
El objeto de estas bases reguladoras es establecer las normas específicas en el marco de la
Ordenanza General de Subvenciones (OGS) de esta Diputación para regular la concesión de
subvenciones públicas a través de este plan de ayudas, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 2 de la Ley General de Subvenciones, el artículo 21 de la OGS y en la Base 41 de las
de Ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2023.
La subvención consistirá en transferencias corrientes de la Diputación de Cáceres a las
entidades locales beneficiarias, siendo subvencionables las actuaciones que se detallan en la
Base Tercera de las presentes Bases Reguladoras.
Beneficiarios/as:
Serán beneficiarias las entidades locales de la provincia de Cáceres, con población inferior a
los 20.000 habitantes, relacionadas en el Anexo I y Anexo II de estas bases, que manifiesten
su deseo y necesidad de utilizar los importes asignados destinándolos a la creación de empleo
en sus municipios de acuerdo con las prescripciones establecidas en las presentes bases.
Criterios de reparto:
La distribución de las cuantías que corresponden a cada entidad local corresponde a los
siguientes criterios:
1: Importe fijo de 15.017,00 € para cada entidad local.
2: Importe variable en función de la población INE aprobada por Real Decreto 1065/2021, de
CVE:
BOP-2023-411
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 25 de enero de 2023
N.º 0017
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