Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-411)
BOP-2023-411 Convocatoria Plan de Empleo para Ayuntamientos y E.L.M. 2023.
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la subsanación, se le tendrá por desistido/a del expediente, de conformidad con lo dispuesto en
la legislación vigente. Para la presentación de la subsanación, se utilizará el formulario de la
sede electrónica.
El órgano gestor propondrá al órgano competente para la concesión de las ayudas a las
personas solicitantes que, cumpliendo los requisitos exigidos en las bases, tengan la condición
de beneficiarios/as.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de
seis meses, tal y como se establece en la Ordenanza General de Subvenciones de esta
Diputación en su Art. 17.4 y la Ley General de Subvenciones Art. 25.4., será de 6 meses desde
la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
El órgano competente para la resolución de la Convocatoria es el Ilmo. Sr. Presidente de la
Diputación Provincial de Cáceres, sin perjuicio de lo que dispongan las delegaciones
competenciales vigentes.
La resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso
contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interponer previamente el recurso
de reposición) ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, en
la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
BASE NOVENA. JUSTIFICACIÓN: IMPORTE, DOCUMENTOS, PLAZO, SUBSANACIÓN Y
PRÓRROGA.
El sistema de justificación a emplear será el de cuenta justificativa con aportación de certificado
de Secretario/a-Interventor/a, de acuerdo con lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, teniendo en cuenta la naturaleza de la presente
subvención y, cuyo contenido se cumplimentará siguiendo las indicaciones del formulario
establecido en la sede electrónica a tal efecto.
Importe:
La entidad local beneficiaria asume el compromiso de justificar ante el órgano gestor el importe
total del plan de empleo realizado con cargo a estas bases, teniendo en cuenta que la cantidad
subvencionada por la Diputación representa el 90% del plan de cada entidad y que cada
administración municipal cofinancia el 10% restante.
CVE:
BOP-2023-411
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 25 de enero de 2023
N.º 0017
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