Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2023-376)
BOP-2023-376 Resolución solicitud de reconocimiento de carrera profesional horizontal en el ámbito del OARGT.
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RESUELVE
PRIMERO.- Abrir el plazo de presentación de solicitudes, conforme al modelo que figura en el
Anexo I, para el reconocimiento del Nivel Inicial, Nivel I y/o Nivel II de la Carrera Profesional
Horizontal, que llevará a cabo la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional Horizontal,
elevando la propuesta al Área de Personal, Formación y S.E.P.E.I. en los siguientes términos:
a) Nivel Inicial de la Carrera Profesional Horizontal: Los/as funcionarios/s de carrera, el
personal laboral fijo, los/as nombrados/s funcionarios/as interinos/as o declarados/as
indefinidos/as no fijos de plantilla y el personal laboral temporal del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cáceres que, a fecha de 31 de
diciembre de 2022, se encuentren en activo o en situación de servicios especiales, excedencia
por cuidado de familiares o excedencia por razón de violencia de género, podrán solicitar el
reconocimiento del Nivel Inicial de la carrera profesional horizontal en el Cuerpo, Escala o
Grupo en el que se den estas circunstancias, siempre que en el ejercicio 2022 no exista una
interrupción superior a 4 meses en los contratos de trabajo.
b) Nivel I de la Carrera Profesional Horizontal: Los/as funcionarios/as de carrera, el personal
laboral fijo, los/as nombrados/s funcionarios/as interinos/as o declarados/as indefinidos/as no
fijos de plantilla, el personal laboral temporal, del Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cáceres que a la fecha de 31 de diciembre de
2022 acrediten, un ejercicio profesional de 5 años de permanencia, siempre que el tiempo de
ejercicio profesional en el que haya permanecido el/la interesado/a, no exista una interrupción
superior a 4 meses en los contratos de trabajo, en el Cuerpo, Escala, Subescala, Clase y
Categoría profesional en el que se encuentre al momento de la solicitud, o desde el que hayan
accedido a situaciones de servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares o
excedencia por razón de violencia de género.
En aquellos supuestos en los que un/a empleado/a público/a al que se le haya reconocido el
Nivel I haya causado baja o alta a lo largo del ejercicio 2022, le corresponderá el abono del
complemento de carrera profesional en la parte proporcional al tiempo que haya permanecido
en activo durante el ejercicio 2022.
c) Nivel II de la carrera profesional horizontal: Los/as funcionarios/as de carrera, el personal
laboral fijo, los/as nombrados/as interinos/as o declarados/as indefinidos/as no fijos/as de
plantilla y el personal laboral temporal del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria de la Diputación Provincial de Cáceres que a fecha de 31 de diciembre de 2022,
acrediten:
CVE:
BOP-2023-376
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de enero de 2023
N.º 0015
Pág. 2559
PRIMERO.- Abrir el plazo de presentación de solicitudes, conforme al modelo que figura en el
Anexo I, para el reconocimiento del Nivel Inicial, Nivel I y/o Nivel II de la Carrera Profesional
Horizontal, que llevará a cabo la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional Horizontal,
elevando la propuesta al Área de Personal, Formación y S.E.P.E.I. en los siguientes términos:
a) Nivel Inicial de la Carrera Profesional Horizontal: Los/as funcionarios/s de carrera, el
personal laboral fijo, los/as nombrados/s funcionarios/as interinos/as o declarados/as
indefinidos/as no fijos de plantilla y el personal laboral temporal del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cáceres que, a fecha de 31 de
diciembre de 2022, se encuentren en activo o en situación de servicios especiales, excedencia
por cuidado de familiares o excedencia por razón de violencia de género, podrán solicitar el
reconocimiento del Nivel Inicial de la carrera profesional horizontal en el Cuerpo, Escala o
Grupo en el que se den estas circunstancias, siempre que en el ejercicio 2022 no exista una
interrupción superior a 4 meses en los contratos de trabajo.
b) Nivel I de la Carrera Profesional Horizontal: Los/as funcionarios/as de carrera, el personal
laboral fijo, los/as nombrados/s funcionarios/as interinos/as o declarados/as indefinidos/as no
fijos de plantilla, el personal laboral temporal, del Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cáceres que a la fecha de 31 de diciembre de
2022 acrediten, un ejercicio profesional de 5 años de permanencia, siempre que el tiempo de
ejercicio profesional en el que haya permanecido el/la interesado/a, no exista una interrupción
superior a 4 meses en los contratos de trabajo, en el Cuerpo, Escala, Subescala, Clase y
Categoría profesional en el que se encuentre al momento de la solicitud, o desde el que hayan
accedido a situaciones de servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares o
excedencia por razón de violencia de género.
En aquellos supuestos en los que un/a empleado/a público/a al que se le haya reconocido el
Nivel I haya causado baja o alta a lo largo del ejercicio 2022, le corresponderá el abono del
complemento de carrera profesional en la parte proporcional al tiempo que haya permanecido
en activo durante el ejercicio 2022.
c) Nivel II de la carrera profesional horizontal: Los/as funcionarios/as de carrera, el personal
laboral fijo, los/as nombrados/as interinos/as o declarados/as indefinidos/as no fijos/as de
plantilla y el personal laboral temporal del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria de la Diputación Provincial de Cáceres que a fecha de 31 de diciembre de 2022,
acrediten:
CVE:
BOP-2023-376
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de enero de 2023
N.º 0015
Pág. 2559