Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-374)
BOP-2023-374 Plan Entidades Locales Menores 2023.
16 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos electrónicos a
cumplimentar en las diferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la mencionada
sede y deberán ser obligatoriamente utilizados cuando así proceda.
QUINTA.- COMPROMISOS A ASUMIR POR LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS.
Serán beneficiarias las Entidades locales Menores de la provincia incorporadas en la
distribución sustantiva del Plan. Las Entidades Locales Menores se comprometen a desarrollar
las actuaciones necesarias para la ejecución plena de la actividad o inversión subvencionada,
descritas en la documentación a aportar y, además, deberán:
1º. Incluir en el tablón de anuncios, y, en su caso, en la página web municipal, la divulgación de
la presenta subvención a través de un anuncio en el que aparezca el logotipo de la Diputación,
los tipos de gastos objeto de la ayuda y su importe total, manteniendo esta acción publicitaria
desde la concesión hasta la finalización del periodo de ejecución.
2º. Realizar el objeto para el que han solicitado la subvención, en los términos de la
documentación presentada.
3º. Facilitar el seguimiento de la ejecución de la actividad a la Diputación, que podrá
inspeccionar y recabar la información que corresponda, con el fin de asegurarse del
cumplimiento del fin al cual se destina la subvención.
4º. Antes del abono de la subvención, deberá presentar la correspondiente solicitud en sede
telemática y, los documentos que se requieran al efecto.
5º Para aquellas Entidades que soliciten gastos de personal para realizar contrataciones
deberán: Comunicar el inicio del/de los contrato/s mediante Certificación emitida por el/la
Secretario/a-Interventor/a en el que se indique la FECHA DE COMIENZO DEL CONTRATO Y
FECHA DE FINALIZACIÓN. Dicha Certificación deberá hacerse a través de la sede electrónica
en fase de ejecución.
6º. La Entidad Local Menor queda expresamente sometida al control financiero fijado en la Ley
38/2003, General de Subvenciones, así como a lo dispuesto en el Reglamento que desarrolla
dicha Ley, y a la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación.
7º. La Entidad Local Menor deberá disponer de un sistema general contable adecuado a la
legislación vigente, así como de los documentos, libros, registros y programas informáticos que
faciliten y garanticen el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
CVE:
BOP-2023-374
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de enero de 2023
N.º 0015
Pág. 2543
cumplimentar en las diferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la mencionada
sede y deberán ser obligatoriamente utilizados cuando así proceda.
QUINTA.- COMPROMISOS A ASUMIR POR LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS.
Serán beneficiarias las Entidades locales Menores de la provincia incorporadas en la
distribución sustantiva del Plan. Las Entidades Locales Menores se comprometen a desarrollar
las actuaciones necesarias para la ejecución plena de la actividad o inversión subvencionada,
descritas en la documentación a aportar y, además, deberán:
1º. Incluir en el tablón de anuncios, y, en su caso, en la página web municipal, la divulgación de
la presenta subvención a través de un anuncio en el que aparezca el logotipo de la Diputación,
los tipos de gastos objeto de la ayuda y su importe total, manteniendo esta acción publicitaria
desde la concesión hasta la finalización del periodo de ejecución.
2º. Realizar el objeto para el que han solicitado la subvención, en los términos de la
documentación presentada.
3º. Facilitar el seguimiento de la ejecución de la actividad a la Diputación, que podrá
inspeccionar y recabar la información que corresponda, con el fin de asegurarse del
cumplimiento del fin al cual se destina la subvención.
4º. Antes del abono de la subvención, deberá presentar la correspondiente solicitud en sede
telemática y, los documentos que se requieran al efecto.
5º Para aquellas Entidades que soliciten gastos de personal para realizar contrataciones
deberán: Comunicar el inicio del/de los contrato/s mediante Certificación emitida por el/la
Secretario/a-Interventor/a en el que se indique la FECHA DE COMIENZO DEL CONTRATO Y
FECHA DE FINALIZACIÓN. Dicha Certificación deberá hacerse a través de la sede electrónica
en fase de ejecución.
6º. La Entidad Local Menor queda expresamente sometida al control financiero fijado en la Ley
38/2003, General de Subvenciones, así como a lo dispuesto en el Reglamento que desarrolla
dicha Ley, y a la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación.
7º. La Entidad Local Menor deberá disponer de un sistema general contable adecuado a la
legislación vigente, así como de los documentos, libros, registros y programas informáticos que
faciliten y garanticen el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
CVE:
BOP-2023-374
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de enero de 2023
N.º 0015
Pág. 2543