Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Riolobos. (BOP-2023-357)
BOP-2023-357 Modificacion Reglamento Residencia Mixta Riolobos.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Riolobos
EDICTO. Modificacion Reglamento Residencia Mixta Riolobos.
Aprobado inicialmente por el Excmo. Ayuntamiento-Pleno de Riolobos, en sesión ordinaria
celebrada el día 23 de noviembre de 2022 la modificación del ““Reglamento de Régimen
Interno de la Residencia Mixta de Riolobos”.
Habiéndose sometido el expediente a información pública, mediante edicto publicado en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres número 224 correspondiente al día 23 de noviembre
de 2022, por plazo de 30 días, y ante la ausencia de reclamaciones, el acuerdo provisional se
eleva a definitivo, procediéndose a la publicación del texto íntegro de la modificación que se
publican los artículos modificados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1 de la
.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y disposiciones concordantes.
MODIFICACIONES APROBADAS
1.- Se modifica el penúltimo párrafo del artículo primero quedando con la siguiente dicción :
“De forma paralela, el artículo 8.2.i del Decreto 298/2015, de 20 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de autorización, acreditación y Registro de Centros de Atención a
personas mayores de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece, la obligación de
todos los Centros que presten Servicios Sociales a disponer de la documentación reguladora
del servicio, compuesta por las normas de funcionamiento o reglamento de régimen interior, la
tarifa de precios y el modelo de contrato de prestación de servicios, que será dada a conocer
de forma clara e inteligible a todos/as los/as usuarios/as, así como cualquier modificación de
las condiciones del mismo.”
2.- Se añade el artículo 15.bis, con la siguiente redacción:
“Artículo 15.bis. Los residentes que ocupen plazas privadas o vinculadas a la Ley de
Dependencia o norma que la sustituya, satisfarán la cuota mensual que fije la Ordenanza Fiscal
Municipal reguladora de esta Tasa, vigente en cada momento.”
CVE:
BOP-2023-357
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de enero de 2023
N.º 0014
Pág. 2452
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Riolobos
EDICTO. Modificacion Reglamento Residencia Mixta Riolobos.
Aprobado inicialmente por el Excmo. Ayuntamiento-Pleno de Riolobos, en sesión ordinaria
celebrada el día 23 de noviembre de 2022 la modificación del ““Reglamento de Régimen
Interno de la Residencia Mixta de Riolobos”.
Habiéndose sometido el expediente a información pública, mediante edicto publicado en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres número 224 correspondiente al día 23 de noviembre
de 2022, por plazo de 30 días, y ante la ausencia de reclamaciones, el acuerdo provisional se
eleva a definitivo, procediéndose a la publicación del texto íntegro de la modificación que se
publican los artículos modificados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1 de la
.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y disposiciones concordantes.
MODIFICACIONES APROBADAS
1.- Se modifica el penúltimo párrafo del artículo primero quedando con la siguiente dicción :
“De forma paralela, el artículo 8.2.i del Decreto 298/2015, de 20 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de autorización, acreditación y Registro de Centros de Atención a
personas mayores de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece, la obligación de
todos los Centros que presten Servicios Sociales a disponer de la documentación reguladora
del servicio, compuesta por las normas de funcionamiento o reglamento de régimen interior, la
tarifa de precios y el modelo de contrato de prestación de servicios, que será dada a conocer
de forma clara e inteligible a todos/as los/as usuarios/as, así como cualquier modificación de
las condiciones del mismo.”
2.- Se añade el artículo 15.bis, con la siguiente redacción:
“Artículo 15.bis. Los residentes que ocupen plazas privadas o vinculadas a la Ley de
Dependencia o norma que la sustituya, satisfarán la cuota mensual que fije la Ordenanza Fiscal
Municipal reguladora de esta Tasa, vigente en cada momento.”
CVE:
BOP-2023-357
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de enero de 2023
N.º 0014
Pág. 2452