Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-256)
BOP-2023-256 Bases reguladoras de la convocatoria para la selección, mediante el sistema de Concurso-Oposición Libre, para la cobertura como Funcionario/a Interino/a, de un/a Generete para la Dinamización Comercial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia
solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente
efectuará nombramiento a favor de quien siga en el orden de la clasificación definitiva, una vez
acreditados el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Concluido el proceso selectivo y acreditados documentalmente los requisitos, se dictará
Resolución de Alcaldía disponiendo el nombramiento del aspirante propuesto.
NOVENA. BOLSA DE TRABAJO.
Para la constitución de listas de espera, en los términos previstos en el artículo 29 del Decreto
201/1995, de 26 de diciembre, se confeccionará con el resto de aspirantes que hubiesen
superado el proceso selectivo, no propuestos para ocupar el puesto, ordenados por riguroso
orden de puntuación según la clasificación definitiva elaborada por el Tribunal de Selección,
una bolsa de trabajo para el llamamiento y nombramiento de funcionarios interinos, cuando se
halle vacante el puesto, sin necesidad de convocar un nuevo proceso de selección.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa será por sistema rotativo:
Causas de la rotación: a fin de cubrir vacante temporal para suplencia del titular por
incapacidad laboral temporal, renuncias, excedencias...
El llamamiento a los candidatos se efectuará por orden de prelación (de mayor a menor) y de
forma rotatoria hasta agotar la bolsa, es decir, hasta que no hayan sido todos los componentes
nombrados, éstos no podrán repetir.
El funcionamiento de la bolsa de trabajo responde a las siguientes características:
Si el nombramiento del funcionario no supera un mes, éste conservará su puntuación y
su posición en la bolsa de empleo a efectos de ser incluido en nuevos llamamientos.
Si el nombramiento del funcionario, tras el primer o sucesivos llamamientos, el tiempo
de trabajo total prestado supera un mes, el empleado pasará al último puesto de la
bolsa.
El integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo causará baja en la bolsa, y
una vez que finalice su contrato de trabajo con el Ayuntamiento volverá a causar alta en
la bolsa de empleo en el puesto de la misma que le corresponda en relación con los
puntos obtenidos.
La bolsa de trabajo formada en la presente convocatoria quedará sin efecto cuando
finalice el plazo de 3 anualidades previsto en la subvención.
CVE:
BOP-2023-256
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de enero de 2023
N.º 0010
Pág. 2006
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perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia
solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente
efectuará nombramiento a favor de quien siga en el orden de la clasificación definitiva, una vez
acreditados el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Concluido el proceso selectivo y acreditados documentalmente los requisitos, se dictará
Resolución de Alcaldía disponiendo el nombramiento del aspirante propuesto.
NOVENA. BOLSA DE TRABAJO.
Para la constitución de listas de espera, en los términos previstos en el artículo 29 del Decreto
201/1995, de 26 de diciembre, se confeccionará con el resto de aspirantes que hubiesen
superado el proceso selectivo, no propuestos para ocupar el puesto, ordenados por riguroso
orden de puntuación según la clasificación definitiva elaborada por el Tribunal de Selección,
una bolsa de trabajo para el llamamiento y nombramiento de funcionarios interinos, cuando se
halle vacante el puesto, sin necesidad de convocar un nuevo proceso de selección.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa será por sistema rotativo:
Causas de la rotación: a fin de cubrir vacante temporal para suplencia del titular por
incapacidad laboral temporal, renuncias, excedencias...
El llamamiento a los candidatos se efectuará por orden de prelación (de mayor a menor) y de
forma rotatoria hasta agotar la bolsa, es decir, hasta que no hayan sido todos los componentes
nombrados, éstos no podrán repetir.
El funcionamiento de la bolsa de trabajo responde a las siguientes características:
Si el nombramiento del funcionario no supera un mes, éste conservará su puntuación y
su posición en la bolsa de empleo a efectos de ser incluido en nuevos llamamientos.
Si el nombramiento del funcionario, tras el primer o sucesivos llamamientos, el tiempo
de trabajo total prestado supera un mes, el empleado pasará al último puesto de la
bolsa.
El integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo causará baja en la bolsa, y
una vez que finalice su contrato de trabajo con el Ayuntamiento volverá a causar alta en
la bolsa de empleo en el puesto de la misma que le corresponda en relación con los
puntos obtenidos.
La bolsa de trabajo formada en la presente convocatoria quedará sin efecto cuando
finalice el plazo de 3 anualidades previsto en la subvención.
CVE:
BOP-2023-256
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de enero de 2023
N.º 0010
Pág. 2006