Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Majadas. (BOP-2023-120)
BOP-2023-120 Bases de Convocatoria, para cubrir, mediante Concurso, una (1) plaza de ENCARGADO/A DE OBRAS, derivadas del proceso Extraordinario de Estabilización previsto en la Ley 20/2021.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAS DE TIÉTAR
(Cáceres)
Ayuntamiento de Majadas de Tiétar Plaza de Extremadura, 1 10.529 MAJADAS DE TIÉTAR (Cáceres)
Teléfono: 927 577 116 Fax: 927 577 146 E.Mail: alcaldia@ayuntamiento-majadas.es
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QUINTA.- Admisión de aspirantes.
5.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde de la Corporación dictará
Resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas, así como la de
personas excluidas, con indicación de las causas que han motivado la exclusión. Dicha
resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en el tablón de anuncios
y en el tablón de anuncios de la sede electrónica https://majadas.sedelectronica.es/info.0
La identificación de los interesados se realizará cumpliendo con las recomendaciones previstas en
la Orientación para la aplicación provisional de la Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos
Digitales (LOPDGDD) de la AEPD, hasta el momento en el que los órganos competentes aprueben
disposiciones para la aplicación de la mencionada Disposición Adicional séptima. En la resolución
se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del artículo 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se concede a las personas aspirantes excluidas. Quienes dentro del plazo señalado no
subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidas, serán definitivamente excluidas del
proceso selectivo.
5.2.- Las personas aspirantes excluidas, así como las omitidas en las relaciones de personas
admitidas y excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del
siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, para
subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de
personas admitidas y excluidas.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas y excluidas,
serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
Asimismo, las personas aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus
datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
A efectos de la admisión de aspirantes, se entenderán como no subsanables:
- La presentación de la solicitud fuera de plazo.
- El incumplimiento de los requisitos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo.
- La falta de pago en plazo de la tasa por derechos de examen.
5.3.- Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres la resolución elevando a definitiva la lista provisional de personas
aspirantes admitidas y excluidas, con la inclusión correspondiente como personas admitidas de
aquellas que fueron excluidas y que hayan subsanado errores u omisiones. Copia de dicha
resolución se expondrá al público en el tablón de anuncios, y en el tablón de anuncios de la
sede electrónica https://majadas.sedelectronica.es/info.0, en el mismo día en que se remita al
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres para su publicación.
5.4.- Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras
que resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo conforme a la normativa reguladora de dicha jurisdicción.
Cód.
Validación:
42CQ4ASZSAJHPDGCYSCRZDACT
|
Verificación:
https://majadas.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2023-120
Verificable
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Jueves, 5 de enero de 2023
N.º 0004
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MAJADAS DE TIÉTAR
(Cáceres)
Ayuntamiento de Majadas de Tiétar Plaza de Extremadura, 1 10.529 MAJADAS DE TIÉTAR (Cáceres)
Teléfono: 927 577 116 Fax: 927 577 146 E.Mail: alcaldia@ayuntamiento-majadas.es
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QUINTA.- Admisión de aspirantes.
5.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde de la Corporación dictará
Resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas, así como la de
personas excluidas, con indicación de las causas que han motivado la exclusión. Dicha
resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en el tablón de anuncios
y en el tablón de anuncios de la sede electrónica https://majadas.sedelectronica.es/info.0
La identificación de los interesados se realizará cumpliendo con las recomendaciones previstas en
la Orientación para la aplicación provisional de la Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos
Digitales (LOPDGDD) de la AEPD, hasta el momento en el que los órganos competentes aprueben
disposiciones para la aplicación de la mencionada Disposición Adicional séptima. En la resolución
se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del artículo 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se concede a las personas aspirantes excluidas. Quienes dentro del plazo señalado no
subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidas, serán definitivamente excluidas del
proceso selectivo.
5.2.- Las personas aspirantes excluidas, así como las omitidas en las relaciones de personas
admitidas y excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del
siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, para
subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de
personas admitidas y excluidas.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas y excluidas,
serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
Asimismo, las personas aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus
datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
A efectos de la admisión de aspirantes, se entenderán como no subsanables:
- La presentación de la solicitud fuera de plazo.
- El incumplimiento de los requisitos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo.
- La falta de pago en plazo de la tasa por derechos de examen.
5.3.- Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres la resolución elevando a definitiva la lista provisional de personas
aspirantes admitidas y excluidas, con la inclusión correspondiente como personas admitidas de
aquellas que fueron excluidas y que hayan subsanado errores u omisiones. Copia de dicha
resolución se expondrá al público en el tablón de anuncios, y en el tablón de anuncios de la
sede electrónica https://majadas.sedelectronica.es/info.0, en el mismo día en que se remita al
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres para su publicación.
5.4.- Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras
que resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo conforme a la normativa reguladora de dicha jurisdicción.
Cód.
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Jueves, 5 de enero de 2023
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