Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Majadas. (BOP-2023-118)
BOP-2023-118 Bases de Convocatoria, para cubrir, mediante Concurso, una (1) plaza de Conserje Centro Educativo, derivadas del proceso Extraordinario de Estabilización previsto en la Ley 20/2021.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAS DE TIÉTAR
(Cáceres)
Ayuntamiento de Majadas de Tiétar Plaza de Extremadura, 1 10.529 MAJADAS DE TIÉTAR (Cáceres)
Teléfono: 927 577 116 Fax: 927 577 146 E.Mail: alcaldia@ayuntamiento-majadas.es
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Tribunal, previa audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso
selectivo dirigida al órgano competente. Hasta que se dicte la oportuna Resolución por el órgano
competente el aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso selectivo.
6.5. El Tribunal calificador actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad
técnica y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del
procedimiento y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos
establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.
El Tribunal Calificador resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas
y propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará
facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante el proceso de selección, así
como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo
lo no previsto en las bases. Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la forma
establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Las resoluciones del Tribunal vinculan al Ayuntamiento de Majadas, aunque éstas, en su caso,
pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las
irregularidades.
SÉPTIMA.- Sistema de Selección y Desarrollo del Proceso.
7.1. Sistemas selectivos a utilizar.
Proceso de estabilización de la disposición adicional sexta y octava.
El sistema será el de concurso de valoración de méritos (de acuerdo con los artículos 61.6 y 61.7
del TRLEBEP), con una puntuación total de 20 puntos y consistir en la valoración de los siguientes
méritos:
a) Méritos profesionales, con una puntuación máxima de 16 puntos de acuerdo con la siguiente
puntuación:
a.1. Servicios prestados en el Ayuntamiento de Majadas como personal funcionario interino o como
personal laboral temporal o indefinido no fijo, ocupando el puesto o puestos de trabajo
correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria, CONSERJE CENTRO EDUCATIVO, hasta un
máximo de 16,00 puntos, a razón de 0,111 puntos por cada mes completo.
a.2. Servicios prestados en el Ayuntamiento de Majadas como personal funcionario interino o como
personal laboral temporal o indefinido no fijo, ocupando el puesto de trabajo en plazas del mismo
grupo y/o subgrupo de titulación que la plaza convocada, o categoría superior, hasta un máximo de
3,20 puntos, a razón de 0,022 puntos por cada mes completo.
a.3. Servicios prestados en otras Administraciones Públicas como personal funcionario interino o
personal laboral temporal o indefinido no fijo, ocupando el puesto de trabajo en plazas de igual o
Cód.
Validación:
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https://majadas.sedelectronica.es/
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Jueves, 5 de enero de 2023
N.º 0004
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