Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Tajosalor. (BOP-2023-93)
BOP-2023-93 Bases plazas concurso Operador Nuevas Tecnologías
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La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad
con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Los representantes sindicales de la Mancomunidad Tajo-Salor podrán formar
parte del Tribunal en calidad de observadores (Artículo 97.6 Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura)
SEPTIMA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: CONCURSO
1. El sistema será el de concurso de valoración de méritos (de acuerdo con
los artículos 61.6 y 61.7 del TRLEBEP), con una puntuación total de 100 puntos
y consistirán en la valoración de los siguientes méritos:
A) Méritos profesionales, con una puntuación máxima de 80 puntos de
acuerdo con la siguiente puntuación:
A.1. Servicios prestados como personal funcionario interino o como personal
laboral temporal en la Administración convocante, en la Categoría, Unidad, Área,
Servicio y Plaza objeto de la convocatoria, a la que se desea acceder a razón de 0,90
punto por mes o fracción.
A.2. Servicios prestados como personal funcionario interino o como personal
laboral temporal en otras Administraciones Públicas cuando el Cuerpo, Escala,
Categoría y Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los sean de igual
denominación y categoría a la que se opta, y siempre que se trate del mismo Grupo
o Subgrupo, en su caso, de Titulación, a razón de 0,35 por mes o fracción.
CVE:
BOP-2023-93
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
Pág. 1234
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad
con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Los representantes sindicales de la Mancomunidad Tajo-Salor podrán formar
parte del Tribunal en calidad de observadores (Artículo 97.6 Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura)
SEPTIMA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: CONCURSO
1. El sistema será el de concurso de valoración de méritos (de acuerdo con
los artículos 61.6 y 61.7 del TRLEBEP), con una puntuación total de 100 puntos
y consistirán en la valoración de los siguientes méritos:
A) Méritos profesionales, con una puntuación máxima de 80 puntos de
acuerdo con la siguiente puntuación:
A.1. Servicios prestados como personal funcionario interino o como personal
laboral temporal en la Administración convocante, en la Categoría, Unidad, Área,
Servicio y Plaza objeto de la convocatoria, a la que se desea acceder a razón de 0,90
punto por mes o fracción.
A.2. Servicios prestados como personal funcionario interino o como personal
laboral temporal en otras Administraciones Públicas cuando el Cuerpo, Escala,
Categoría y Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los sean de igual
denominación y categoría a la que se opta, y siempre que se trate del mismo Grupo
o Subgrupo, en su caso, de Titulación, a razón de 0,35 por mes o fracción.
CVE:
BOP-2023-93
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
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