Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Tajosalor. (BOP-2023-92)
BOP-2023-92 Bases plazas concurso Técnico/a de Formación.
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Los representantes sindicales de la Mancomunidad Tajo-Salor podrán formar
parte del Tribunal en calidad de observadores (Artículo 97.6 Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura)
SEPTIMA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: CONCURSO
1. El sistema será el de concurso de valoración de méritos (de acuerdo con
los artículos 61.6 y 61.7 del TRLEBEP), con una puntuación total de 100 puntos
y consistirán en la valoración de los siguientes méritos:
A) Méritos profesionales, con una puntuación máxima de 80 puntos de
acuerdo con la siguiente puntuación:
A.1. Servicios prestados como personal funcionario interino o como personal
laboral temporal en la Administración convocante, en la Categoría, Unidad, Área,
Servicio y Plaza objeto de la convocatoria, a la que se desea acceder, a razón de
0,42 por mes o fracción.
A.2. Servicios prestados como personal funcionario interino o personal
laboral temporal en otras Administraciones Públicas cuando el Cuerpo, Escala,
Categoría y Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los servicios sean de
igual denominación y categoria a la que se opta, y siempre que se trate del mismo
Grupo o Subgrupo, en su caso, de Titulación, a razón de 0,20 por mes o fracción.
La experiencia profesional se acreditará por las personas aspirantes, a
través de Informe de Vida Laboral actualizado y Certificado de Servicios Prestados
emitido por el órgano competente de la Administración en la que han prestado
servicios, indicándose la denominación de la plaza, el grupo de clasificación y
porcentaje de duración de la jornada.
Los servicios prestados en la Mancomunidad Tajo-Salor o en sus Organismos
Autónomos se certificarán de oficio por esta Administración convocante, quien los
CVE:
BOP-2023-92
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
Pág. 1220
Los representantes sindicales de la Mancomunidad Tajo-Salor podrán formar
parte del Tribunal en calidad de observadores (Artículo 97.6 Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura)
SEPTIMA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: CONCURSO
1. El sistema será el de concurso de valoración de méritos (de acuerdo con
los artículos 61.6 y 61.7 del TRLEBEP), con una puntuación total de 100 puntos
y consistirán en la valoración de los siguientes méritos:
A) Méritos profesionales, con una puntuación máxima de 80 puntos de
acuerdo con la siguiente puntuación:
A.1. Servicios prestados como personal funcionario interino o como personal
laboral temporal en la Administración convocante, en la Categoría, Unidad, Área,
Servicio y Plaza objeto de la convocatoria, a la que se desea acceder, a razón de
0,42 por mes o fracción.
A.2. Servicios prestados como personal funcionario interino o personal
laboral temporal en otras Administraciones Públicas cuando el Cuerpo, Escala,
Categoría y Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los servicios sean de
igual denominación y categoria a la que se opta, y siempre que se trate del mismo
Grupo o Subgrupo, en su caso, de Titulación, a razón de 0,20 por mes o fracción.
La experiencia profesional se acreditará por las personas aspirantes, a
través de Informe de Vida Laboral actualizado y Certificado de Servicios Prestados
emitido por el órgano competente de la Administración en la que han prestado
servicios, indicándose la denominación de la plaza, el grupo de clasificación y
porcentaje de duración de la jornada.
Los servicios prestados en la Mancomunidad Tajo-Salor o en sus Organismos
Autónomos se certificarán de oficio por esta Administración convocante, quien los
CVE:
BOP-2023-92
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
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