Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-72)
BOP-2023-72 Bases específicas y convocatoria por la que se regirá el proceso selectivo para proveer mediante concurso-oposición de 1 plaza de Trabajador/a Social como personal laboral (proceso extraordinario de estabilización conforme al art. 2 de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre ).
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aprovechamiento recibidos.
1.2. Titulación Superior a la requerida (hasta 2 puntos).
 Titulación de máster universitario y/o doctorado, o equivalente (Niveles MECES 3 y
4): 2 puntos.
 Titulación de grado universitario, o equivalente (Nivel MECES 2): 1,5 puntos.
 Título de bachiller o Técnico, o equivalente: 1 puntos.
 Título de graduado en educación secundaria obligatoria o Ciclo formativo de
formación profesional básica, o equivalente: 0,75 puntos.
 Por estar en posesión de un título académico del mismo nivel que el exigido para el
acceso a la plaza (distinto al acreditado como requisito), siempre que sean titulaciones
adecuadas al ámbito funcional de los puestos asociados a las plazas convocadas: 0,5
punto.
Solo se puntuará la titulación de nivel superior que se acredite.
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 40 puntos.
La persona candidata deberá presentar el auto baremo del Anexo III, el cual la vinculará como
aspirante, en relación con la documentación aportada, siendo la puntuación definitiva, en todo
caso, la fijada por el Tribunal de selección.
Se adjuntarán copia de todos los méritos alegados para el concurso, así como Informe de vida
laboral actualizado a fecha de la convocatoria.
El Informe Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, deberá ir
acompañado de documentos acreditativos tales como contratos de trabajo, certificados de
empresa e informe del empleador público donde se acredite la categoría profesional y funciones
desempeñadas por el trabajador. En todo caso deberá quedar perfectamente acreditado tanto la
categoría laboral como el tiempo de trabajo, no valorándose en caso contrario.
En relación a los Diplomas o certificaciones de cursos de formación y actividades formativas,
todos los documentos que se presenten irán numerados de forma correlativa, comenzando por el
número uno y en el orden que se establece en el modelo de autobaremo, es decir, primero los
documentos referentes a la antigüedad y a continuación los relativos a los de formación, de esta
forma el número de documento que se indique en el modelo de autobaremo debe coincidir con
el número asignado al documento que se adjunta.
BASE SÉPTIMA. –CALIFICACIÓN DEFINITIVA
Se rige por la base 7.3 de las bases generales.
BASE OCTAVA. - SELECCIÓN DEL CANDIDATO/A Y PROPUESTA DE
CONTRATACIÓN COMO TRABAJADOR/A SOCIAL
Se rige por las bases 9ª y 10ª de las bases generales.
CVE:
BOP-2023-72
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
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