Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera. (BOP-2023-66)
BOP-2023-66 Bases convocatoria excepcional en el marco del proceso de Estabilización de Empleo Temporal, para cubrir una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local.
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AYUNTAMIENTO
MADRIGAL DE LA VERA
El Tribunal calificador actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica
y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del
procedimiento y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos
establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.
SEXTA. SISTEMA DE SELECCIÓN.
El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de
Extremadura, en conexión con la Ley 20/2021, y se realizará a través del sistema de concurso de
méritos.
La puntuación máxima alcanzable será de 100 puntos, dividiéndose en servicios prestados, y
otros méritos (formación y capacidad operativa de uso de programas informáticos y
herramientas), de acuerdo con los baremos que figuran a continuación, que se aplicarán a los
aspirantes del proceso selectivo.
Serán méritos puntuables por cada aspirante, los contraídos hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de instancias.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación del
proceso selectivo, y que consten relacionados en el apartado correspondiente de lainstancia, así
como la documentación acreditativa de los mismos de acuerdo con la base Tercera.
a) Experiencia Profesional: hasta un máximo de 60 puntos (A1+A2):
A.1) Por el desempeño en el Ayuntamiento de Madrigal de la Vera, de una plaza de Agente
de Empleo y Desarrollo Local, 0,50 por mes trabajado.
A.2) Por el desempeño en otra Administración, de una plaza de Agente de Empleo y
Desarrollo Local, 0,15 por mes trabajado.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Madrigal de la Vera se certificarán de oficio por
esta Administración convocante, quien los remitirá al Tribunal Único de Selección y al
interesado/a. En el certificado se especificará el puesto o puestos objetos de la convocatoria.
Los méritos de experiencia prestados en otras Administraciones Públicas se acreditarán por
las personas interesadas, mediante la presentación de certificado emitido por el órgano
competente de la Administración donde se hubiesen prestado sus servicios, en la cual deberá
constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas en el mismo.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido o fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa o tiempo parcial y su
porcentaje).
Dicha certificación deberá ir acompañada de informe de vida laboral expedido por la Tesorería
General de la Seguridad Social, para acreditar los certificados que acompañe a esta fase como
documento complementario de los anteriores, sin que por sí sola sirva para valorar los méritos
aducidos.
El cómputo de los servicios prestados a jornada completa se efectuará por meses. Para eso, se
calculará en cada apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera
que lo que se valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de jornada por
alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como servicios prestados en régimen de
jornada completa.
Cód.
Validación:
3K5GTRTYMQMM5XN3GGEKYDCT3
|
Verificación:
https://madrigaldelavera.sedelectronica.es/
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Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
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