Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera. (BOP-2023-66)
BOP-2023-66 Bases convocatoria excepcional en el marco del proceso de Estabilización de Empleo Temporal, para cubrir una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local.
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AYUNTAMIENTO
MADRIGAL DE LA VERA
el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
Los aspirantes deberán poseer o estar condiciones de cumplir los requisitos de
participación establecidos en esta base en la fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias ymantenerlos durante todo el proceso selectivo.
TERCERA. INFORMACIÓN, DIFUSIÓN Y PUBLICIDAD. INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN.
3.1. Información, difusión y publicidad
Las Bases de la presente convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres (BOP), con dirección https://bop.dip-caceres.es/
Igualmente, tanto convocatoria como todos sus anexos, se podrán consultar tanto en el tablón de
anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrigal de la Vera, como dentro del
apartado Ofertas de Empleo de la página web https://www.madrigaldelavera.es/.
Además, a efectos informativos, se hará público en la misma dirección de Internet, la relación de
aspirantes admitidos/as y excluidos/as, provisional y definitivamente, así como la puntuación de la
del concurso de méritos.
3.2. Instancias.
Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el formulariode
solicitud al que se accederá a través de la página web del Ayuntamiento de Madrigal de la Vera,
así como en su sede electrónica https://madrigaldelavera.sedelectronica.es/.
Deberán relacionarse en las solicitudes de participación los méritos debidamente numerados, con
inclusión de un índice, adjuntando copias de los mismos, sin que sea necesaria su compulsa. La
fecha límite para la valoración de los méritos será la fecha de finalización de presentación de
instancias. En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados
documentalmente.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde
Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera durante el plazo de veinte días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de la
convocatoriaen el Boletín Oficial del Estado, cuyo anuncio deberá contener la fecha y número del
boletín odiario oficial en que se han publicado las bases y se podrá realizar del siguiente modo:
- En el Registro General o Auxiliares de éste, en horario de 09:00 a 14:00 horas.
- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrigal de la Vera:
https://madrigaldelavera.sedelectronica.es/.
- Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el
propio Registro Electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es.
La no presentación de las instancias en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la aspirante.
Junto con la solicitud se deberá adjuntar resguardo del pago de los derechos de examen, dentro
del plazo previsto para la presentación de instancias.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
Cód.
Validación:
3K5GTRTYMQMM5XN3GGEKYDCT3
|
Verificación:
https://madrigaldelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2023-66
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
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