Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2023-4)
BOP-2023-4 Aprobación definitiva del Reglamento regulador del uso y funcionamiento de la Escuela Infantil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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De persistir el empate se procederá a realizar sorteo público, al que serán citados/as los/las
solicitantes afectados/as.
Una vez adjudicadas provisionalmente las plazas del Centro de Educación Infantil se
establecerá un plazo de presentación de reclamaciones, durante 15 días hábiles a contar
desde la notificación del acuerdo de adjudicación provisional, que serán revisadas por la
Comisión de Valoración, una vez concluido el mismo.
Resueltas las reclamaciones, la Comisión de Valoración resolverá definitivamente las
solicitudes, autorizando o denegando la admisión del/la alumno/a, resolución que podrá ser
objeto de impugnación con arreglo al régimen general legalmente establecido al efecto.
Las Listas aprobadas definitivamente serán:
1.- LISTA ADMITIDOS/AS.
2.- LISTA EXCLUIDOS/AS.
3. - LISTA ESPERA.
Artículo 11. - Formalización de matrículas y plazos.
Una vez aprobadas definitivamente las listas, se comunicará a los/las alumnos/as admitidos/as
el plazo disponible para efectuar la matrícula, transcurrido el cual, y de no haberse
materializado la misma, se perderán los derechos y el Ayuntamiento podrá disponer de la
plaza. Asimismo, la matrícula implica que padres, madres, tutores/as o representantes legales,
aceptan, asumen y dan plena conformidad a este Reglamento y demás normas
complementarias que lo desarrollen y por consiguiente las responsabilidades y obligaciones de
cada parte (Centro, padres/madres o tutores/as) son asumidas en función del mismo.
TÍTULO V. NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO
Artículo 12.- Horario y Jornadas.
La Escuela Infantil permanecerá abierta de 8:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes, ambos
inclusive, salvo los días declarados inhábiles por las disposiciones vigentes (ya sea de carácter
local, autonómico o nacional) y durante el mes de agosto. Se podrá realizar la apertura del
centro a las 7:30h según las circunstancias laborales del padre, madre o tutor/a, previa
comunicación en la matrícula y una vez valorado por la Comisión de Valoración.
CVE:
BOP-2023-4
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de enero de 2023
N.º 0002
Pág. 431
solicitantes afectados/as.
Una vez adjudicadas provisionalmente las plazas del Centro de Educación Infantil se
establecerá un plazo de presentación de reclamaciones, durante 15 días hábiles a contar
desde la notificación del acuerdo de adjudicación provisional, que serán revisadas por la
Comisión de Valoración, una vez concluido el mismo.
Resueltas las reclamaciones, la Comisión de Valoración resolverá definitivamente las
solicitudes, autorizando o denegando la admisión del/la alumno/a, resolución que podrá ser
objeto de impugnación con arreglo al régimen general legalmente establecido al efecto.
Las Listas aprobadas definitivamente serán:
1.- LISTA ADMITIDOS/AS.
2.- LISTA EXCLUIDOS/AS.
3. - LISTA ESPERA.
Artículo 11. - Formalización de matrículas y plazos.
Una vez aprobadas definitivamente las listas, se comunicará a los/las alumnos/as admitidos/as
el plazo disponible para efectuar la matrícula, transcurrido el cual, y de no haberse
materializado la misma, se perderán los derechos y el Ayuntamiento podrá disponer de la
plaza. Asimismo, la matrícula implica que padres, madres, tutores/as o representantes legales,
aceptan, asumen y dan plena conformidad a este Reglamento y demás normas
complementarias que lo desarrollen y por consiguiente las responsabilidades y obligaciones de
cada parte (Centro, padres/madres o tutores/as) son asumidas en función del mismo.
TÍTULO V. NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO
Artículo 12.- Horario y Jornadas.
La Escuela Infantil permanecerá abierta de 8:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes, ambos
inclusive, salvo los días declarados inhábiles por las disposiciones vigentes (ya sea de carácter
local, autonómico o nacional) y durante el mes de agosto. Se podrá realizar la apertura del
centro a las 7:30h según las circunstancias laborales del padre, madre o tutor/a, previa
comunicación en la matrícula y una vez valorado por la Comisión de Valoración.
CVE:
BOP-2023-4
Verificable
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Martes, 3 de enero de 2023
N.º 0002
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