Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2023-4)
BOP-2023-4 Aprobación definitiva del Reglamento regulador del uso y funcionamiento de la Escuela Infantil.
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Artículo 18.- Actividades a desarrollar en el exterior.
Dentro de la programación pedagógica, el Centro de Educación Infantil podrá organizar
actividades fuera del centro, con el objetivo de dar respuestas a las necesidades de
aprendizaje y desarrollo de los/as menores.
Los/las padres, madres, tutores/as o representantes legales, autorizarán por escrito, mediante
el modelo que a tal efecto se remita, la participación expresa de su hijo o hija en dichas
actividades.
Los/as niños/as que no vayan a participar en esa actividad fuera del centro no podrán asistir
ese día al Centro.
Artículo 19.- Colaboración de padres, madres y tutores/as.
Los/las padres, madres han de colaborar con el centro en la tarea educativa que se desarrolla.
Esta colaboración debe materializarse en sugerencias, contactos periódicos con la Escuela
Infantil, asistencia a reuniones de padres, madres, (participación en la asociación de
padres/madres), entrevistas con los/las educadores/as, etc.
Artículo 20.- Derechos y obligaciones de los/las padres, madres y tutores/as.
1. El derecho de uso del centro implica la aceptación de las normas que lo regulan y su
incumplimiento conlleva la pérdida del derecho de uso y disfrute del centro.
2. Tratar con consideración a los/las educadores/as, personal no docente y alumnos/as.
3. Respetar las recomendaciones del personal del centro.
4. Abonar las tarifas establecidas en la ordenanza correspondiente.
5. Cualquier régimen especial de alimentación, alergias, convulsiones febriles y otros
problemas médicos serán comunicados al Centro mediante un informe médico con la
consecuente prescripción.
6. No llevar el/la niño/a al centro cuanto que tengan fiebre o cualquier otra enfermedad, para
evitar posibles contagios.
7. Si el/la niño/a tiene que tomar algún medicamento durante su estancia en el centro, deberá
administrárselo un familiar o persona debidamente autorizada
CVE:
BOP-2023-4
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de enero de 2023
N.º 0002
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