Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2023-16)
BOP-2023-16 Bases y convocatoria. Contratación laboral Gerente de Dinamización Comercial 2022-2025.
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Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera,
tal modo que resultarán seleccionados/as aquellos aspirantes que mayor puntuación hayan
obtenido hasta el límite de las plazas convocadas.
La mencionada publicación sobre la relación definitiva de aprobados/as agota la vía
administrativa, pudiendo los/as interesados/as interponer, con carácter potestativo, recurso de
reposición o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo, así como
cualquier otro recurso que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con referencia
al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria
2. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1) Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2) Mayor puntuación alcanzada en la fase de concurso.
3) Mayor puntuación alcanzada en el mérito 1.2.a).
4) Mayor puntuación alcanzada en el mérito 1.2.b).
5) De persistir dicho empate se resolverá por la letra resultante del último sorteo
público que determina el orden de actuación y prelación de los aspirantes en las
pruebas selectivas que se convoquen por la Junta de Extremadura.
3. En todo caso deberá quedar acreditada en el expediente, como fundamento de la resolución
adoptada, la observancia del procedimiento debido.
El Tribunal remitirán a la Alcaldía, junto con toda la documentación del proceso de selección,
las actas de las sesiones.
No se podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior
al de las plazas convocadas, siendo nulas de pleno derecho las propuestas de aprobados/as
que contravengan esta limitación.
Novena. Presentación de documentos.
1. En el plazo de 2 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación
definitiva de aprobados/as en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento,
el/a aspirante propuesto/a por el Tribunal deberán presentar en la Secretaria del
Ayuntamiento, para su cotejo con las copias presentadas, los siguientes documentos
originales acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la
convocatoria:
a) Documento Nacional de Identidad.
b) Titulaciones académicas o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos
para la expedición de dicho título, así como fotocopia de cualquier otro título o
permiso exigido en la convocatoria.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio en ninguna Administración Pública, ni hallarse
inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, o de no estar sometido/a a
Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera,
Plaza Mayor, 1, Jaraíz de la Vera, CIF P1010700A,. 10400 (Cáceres). Tfno. 927460024. Fax: 927460008
Cód.
Validación:
75YXZNP7HE2D7QWQPEMHML4X9
|
Verificación:
https://jaraizdelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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plataforma
esPublico
Gestiona
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Martes, 3 de enero de 2023
N.º 0002
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tal modo que resultarán seleccionados/as aquellos aspirantes que mayor puntuación hayan
obtenido hasta el límite de las plazas convocadas.
La mencionada publicación sobre la relación definitiva de aprobados/as agota la vía
administrativa, pudiendo los/as interesados/as interponer, con carácter potestativo, recurso de
reposición o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo, así como
cualquier otro recurso que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con referencia
al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria
2. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1) Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2) Mayor puntuación alcanzada en la fase de concurso.
3) Mayor puntuación alcanzada en el mérito 1.2.a).
4) Mayor puntuación alcanzada en el mérito 1.2.b).
5) De persistir dicho empate se resolverá por la letra resultante del último sorteo
público que determina el orden de actuación y prelación de los aspirantes en las
pruebas selectivas que se convoquen por la Junta de Extremadura.
3. En todo caso deberá quedar acreditada en el expediente, como fundamento de la resolución
adoptada, la observancia del procedimiento debido.
El Tribunal remitirán a la Alcaldía, junto con toda la documentación del proceso de selección,
las actas de las sesiones.
No se podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior
al de las plazas convocadas, siendo nulas de pleno derecho las propuestas de aprobados/as
que contravengan esta limitación.
Novena. Presentación de documentos.
1. En el plazo de 2 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación
definitiva de aprobados/as en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento,
el/a aspirante propuesto/a por el Tribunal deberán presentar en la Secretaria del
Ayuntamiento, para su cotejo con las copias presentadas, los siguientes documentos
originales acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la
convocatoria:
a) Documento Nacional de Identidad.
b) Titulaciones académicas o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos
para la expedición de dicho título, así como fotocopia de cualquier otro título o
permiso exigido en la convocatoria.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio en ninguna Administración Pública, ni hallarse
inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, o de no estar sometido/a a
Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera,
Plaza Mayor, 1, Jaraíz de la Vera, CIF P1010700A,. 10400 (Cáceres). Tfno. 927460024. Fax: 927460008
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