Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santiago del Campo. (BOP-2023-6759)
BOP-2023-6759 Convocatoria para la provisión mediante Concurso de méritos y concurso-oposición de 1 plaza de Oficial de 1ª Construcción, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Santiago del Campo
OCTAVA. - Calificación del proceso selectivo.
Con el fin de respetar los principios de publicidad , transparencia , objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleado público, el órgano de selección deberá
difundir, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración
y superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
En las actas del órgano calificador , deberá quedar constancia del desglose de las
puntuaciones otorgadas y el cálculo de las mismas.
8.1 El ejercicio será calificado por cada miembro del tribunal de 0 a 10 puntos de manera que
la suma de las calificaciones se dividirá entre el número de los que se hubiera otorgado,
siendo el cociente la calificación obtenida. El ejercicio será ponderado a 15 puntos una vez
realizada la valoración establecida anteriormente.
Será precioso para superar el ejercicio obtener una puntuación mínima de 5 puntos sobre el
total de 15 de la fase de oposición.
En el ejercicio se valorarán los conocimientos generales, la claridad y el orden de las ideas y
la capacidad de adaptación al puesto de trabajo.
8.2 Concluido el ejercicio de la fase de oposición el tribunal hará publicas la relación de
aspirantes presentados con su calificación obtenida y los aspirantes dispondrán de un plazo de
5 días hábiles , contados a partir del si siguiente al de la publicación de la calificaciones
provisional, para hacer las reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones, trascurrido el plazo establecido, el tribunal hará publicas la
relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con la
puntuación obtenida, en la fase de oposición.
Los aspirantes que no figuren en la relación, quedarán excluidos.
8.3 La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. La no presentación de la instancia de
la relación de los méritos alegados en el plazo señalado para la presentación de solicitudes,
supondrá la no valoración del aspirante en la fase de concurso.
El tribunal hará publicas la puntuación provisional de los aspirantes presentados con su
calificación obtenida y los aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles , contados a
partir del si siguiente al de la publicación de la calificaciones provisional, para hacer las
reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones, trascurrido el plazo establecido, el tribunal hará publicas la
relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con la
puntuación obtenida en la fase de Concurso
la calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de la
calificación final de la Fase de oposición y la puntuación definitiva de la fase de concurso.
Ayuntamiento de Santiago del Campo
C/ Constitución, 8, Santiago del Campo. 10191 (Cáceres). Tfno. 927283001. Fax: 927283001
Cód.
Validación:
6J3GPNCFT2YQ66MDMHLYGPAHW
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Verificación:
https://santiagodelcampo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Verificable
en:
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Lunes, 2 de enero de 2023
N.º 0001
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OCTAVA. - Calificación del proceso selectivo.
Con el fin de respetar los principios de publicidad , transparencia , objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleado público, el órgano de selección deberá
difundir, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración
y superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
En las actas del órgano calificador , deberá quedar constancia del desglose de las
puntuaciones otorgadas y el cálculo de las mismas.
8.1 El ejercicio será calificado por cada miembro del tribunal de 0 a 10 puntos de manera que
la suma de las calificaciones se dividirá entre el número de los que se hubiera otorgado,
siendo el cociente la calificación obtenida. El ejercicio será ponderado a 15 puntos una vez
realizada la valoración establecida anteriormente.
Será precioso para superar el ejercicio obtener una puntuación mínima de 5 puntos sobre el
total de 15 de la fase de oposición.
En el ejercicio se valorarán los conocimientos generales, la claridad y el orden de las ideas y
la capacidad de adaptación al puesto de trabajo.
8.2 Concluido el ejercicio de la fase de oposición el tribunal hará publicas la relación de
aspirantes presentados con su calificación obtenida y los aspirantes dispondrán de un plazo de
5 días hábiles , contados a partir del si siguiente al de la publicación de la calificaciones
provisional, para hacer las reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones, trascurrido el plazo establecido, el tribunal hará publicas la
relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con la
puntuación obtenida, en la fase de oposición.
Los aspirantes que no figuren en la relación, quedarán excluidos.
8.3 La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. La no presentación de la instancia de
la relación de los méritos alegados en el plazo señalado para la presentación de solicitudes,
supondrá la no valoración del aspirante en la fase de concurso.
El tribunal hará publicas la puntuación provisional de los aspirantes presentados con su
calificación obtenida y los aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles , contados a
partir del si siguiente al de la publicación de la calificaciones provisional, para hacer las
reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones, trascurrido el plazo establecido, el tribunal hará publicas la
relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con la
puntuación obtenida en la fase de Concurso
la calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de la
calificación final de la Fase de oposición y la puntuación definitiva de la fase de concurso.
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Lunes, 2 de enero de 2023
N.º 0001
Pág. 110