Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santiago del Campo. (BOP-2023-6759)
BOP-2023-6759  Convocatoria para la provisión mediante Concurso de méritos y concurso-oposición de 1 plaza de Oficial de 1ª Construcción, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Ayuntamiento de Santiago del Campo
celebración del curso. En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas
aportadas figuren tanto las horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos
últimos para su valoración, siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o más
horas de duración.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las
prácticas, colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios
y similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
Por asistir a cursos o actividades formativas y/o impartidas.
Actividades formativas realizadas y/o impartidas de menos de 10 horas y las que no
especifiquen número de horas se valorarán con 0,10 puntos.
Se valorarán con 0,2 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades formativas y/o
impartidas presentadas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con
10 horas.
La valoración del mérito de impartición deberá acreditarse mediante original o copia de la
certificación que exprese que se ha participado como docente en una determinada actividad
formativa y en la que se acrediten las horas impartidas de docencia, no valorándose las
prácticas, las colaboraciones, ni las tutorías.
B.2 Titulación superior a la requerida. Máximo 0,50 puntos.
Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para el ingreso: 0,50 puntos.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio
que tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de
Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de
correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación
Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios del Ministerio que ostente
las competencias en educación, según corresponda a las plazas convocadas.
B.4. Por poseer Carnet de Conducir Tipo B o superior, o Licencia de
Conducción de Ciclomotores: 1 puntos
B.5 Por tener el Carnet de manipulación de productos fitosanitarios. 1 punto
B.6 Por tener la TPC actualizada. 1 punto
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Lunes, 2 de enero de 2023
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