Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-6747)
BOP-2023-6747 Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones a Municipios de la Provincia de Cáceres de hasta 20.000 habitantes para la contratación y/o mantenimiento de personal Informador y Dinamizador Turístico en los Centros de Interpretación.
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Al amparo del artículo 21.2 de la OGS se considera el procedimiento de concesión directa el
más adecuado y oportuno para la tramitación de estas ayudas, justificado en causas de interés
público, económico y social, teniendo en cuenta que las beneficiarias de las ayudas son todas
las Entidades Locales de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres titulares de
algún centro de interpretación que esté adscrito a la Red de Centros de Interpretación de la
Provincia de Cáceres, con el fin de agilizar los trámites para posibilitar una pronta y eficaz
consecución del objeto de estas ayudas, que no es otro que la contratación de personal
informador y dinamizador y/o mantenimiento de personal ya existente.
COMPETENCIA.
La Presidencia de la Diputación Provincial de Cáceres, será el órgano competente para la
aprobación de esta convocatoria, así como para la concesión de las subvenciones previstas a
las entidades locales e importes relacionados en el Anexo I de estas bases.
El órgano encargado de la puesta en marcha y la tramitación de estas ayudas será el Área de
Reto Demográfico, Desarrollo Sostenible, Juventud y Turismo.
BASE SEGUNDA.- ENTIDAD LOCAL BENEFICIARIA.
Serán beneficiarios los ayuntamientos de la provincia de Cáceres, con población inferior a los
20.000 habitantes, titulares de algún centro de interpretación que esté adscrito a la Red de
Centros de Interpretación de la Provincia de Cáceres, y que se relacionan en el Anexo I de
estas bases, que manifiesten su deseo y necesidad de utilizar los importes asignados para la
contratación y/o mantenimiento del personal informador y dinamizador de los centros de
interpretación, y que cumplan con los requisitos de:
Pertenencia del Centro de Interpretación para el que solicita la ayuda a la Red de
Centros de Interpretación Turística de la Diputación de Cáceres.
Mantener el Centro de Interpretación para el que solicita la ayuda adscrito a dicha Red
hasta el momento de justificación de la presente ayuda.
BASE TERCERA.- GASTOS SUBVENCIONABLES, PLAZO SUBVENCIONABLE Y
PRÓRROGA.
Las Entidades Locales destinarán la subvención a financiar los costes salariales del personal
de nueva contratación y/o mantenimiento, en los Centros de Interpretación adscritos a la Red
de Centros de Interpretación (REDCI), y cuya contratación se realice desde el 1 de enero del
2023 y hasta el 16 de marzo de 2023.
CVE:
BOP-2023-6747
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 2 de enero de 2023
N.º 0001
Pág. 11
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Al amparo del artículo 21.2 de la OGS se considera el procedimiento de concesión directa el
más adecuado y oportuno para la tramitación de estas ayudas, justificado en causas de interés
público, económico y social, teniendo en cuenta que las beneficiarias de las ayudas son todas
las Entidades Locales de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres titulares de
algún centro de interpretación que esté adscrito a la Red de Centros de Interpretación de la
Provincia de Cáceres, con el fin de agilizar los trámites para posibilitar una pronta y eficaz
consecución del objeto de estas ayudas, que no es otro que la contratación de personal
informador y dinamizador y/o mantenimiento de personal ya existente.
COMPETENCIA.
La Presidencia de la Diputación Provincial de Cáceres, será el órgano competente para la
aprobación de esta convocatoria, así como para la concesión de las subvenciones previstas a
las entidades locales e importes relacionados en el Anexo I de estas bases.
El órgano encargado de la puesta en marcha y la tramitación de estas ayudas será el Área de
Reto Demográfico, Desarrollo Sostenible, Juventud y Turismo.
BASE SEGUNDA.- ENTIDAD LOCAL BENEFICIARIA.
Serán beneficiarios los ayuntamientos de la provincia de Cáceres, con población inferior a los
20.000 habitantes, titulares de algún centro de interpretación que esté adscrito a la Red de
Centros de Interpretación de la Provincia de Cáceres, y que se relacionan en el Anexo I de
estas bases, que manifiesten su deseo y necesidad de utilizar los importes asignados para la
contratación y/o mantenimiento del personal informador y dinamizador de los centros de
interpretación, y que cumplan con los requisitos de:
Pertenencia del Centro de Interpretación para el que solicita la ayuda a la Red de
Centros de Interpretación Turística de la Diputación de Cáceres.
Mantener el Centro de Interpretación para el que solicita la ayuda adscrito a dicha Red
hasta el momento de justificación de la presente ayuda.
BASE TERCERA.- GASTOS SUBVENCIONABLES, PLAZO SUBVENCIONABLE Y
PRÓRROGA.
Las Entidades Locales destinarán la subvención a financiar los costes salariales del personal
de nueva contratación y/o mantenimiento, en los Centros de Interpretación adscritos a la Red
de Centros de Interpretación (REDCI), y cuya contratación se realice desde el 1 de enero del
2023 y hasta el 16 de marzo de 2023.
CVE:
BOP-2023-6747
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 2 de enero de 2023
N.º 0001
Pág. 11