Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez. (BOP-2022-6717)
BOP-2022-6717 Convocatoria de selección de personal.
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A.3. Por cada mes de servicios prestados en la Mancomunidad Integral Sierra de
Montánchez en otros puestos para los que se haya requerido el mismo nivel de
titulación o superior, se otorgarán 0,60 puntos, hasta un máximo de 60 puntos.
Los servicios prestados en la Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez se
certificarán de oficio por el órgano administrativo correspondiente que lo remitirá
al Tribunal de Selección y al/a interesado/a. En el certificado se especificará la
categoría o categorías en las que se han prestado los servicios.
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas se acreditarán mediante
certificación expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que
hubiera prestado los servicios, en la cual deberá constar la siguiente información:
- Denominación del puesto de trabajo y titulación requerida para el acceso al
puesto.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada uno de los períodos de servicios prestados.
- Total de días de servicios prestados y régimen de jornada.
Dicha certificación deberá ir acompañada de informe de vida laboral expedido por
la Tesorería General de la Seguridad Social como documento complementario de
acreditación, sin que por sí sola sirva para valorar los méritos aducidos.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para ello se calculará
el número de días de cada período de servicios prestados y se sumarán todos, para
hallar el número total de días; este resultado se dividirá entre 30.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción
de jornada por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como
servicios prestados en régimen de jornada completa.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como la permanencia en situación de
servicios especiales se valorarán como tiempo de servicios efectivamente
prestados en la categoría a los efectos de este baremo.
CVE:
BOP-2022-6717
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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