Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Alagón. (BOP-2022-6710)
BOP-2022-6710 Convocatoria y bases proceso estabilización. Concurso.
32 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Convocado, en su caso, el Tribunal Calificador para resolver las alegaciones a las
puntuaciones, éste publicará posteriormente en la Sede Electrónica de la Mancomunidad, la
resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas aprobadas, con indicación de la
puntuación definitiva obtenida, elevándose a la Presidencia de la Corporación.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según
aquellas personas aspirantes que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán
adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el orden de puntuación obtenida
de mayor a menor.
En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán
los siguientes y por este orden.
- Mayor puntuación en el apartado de méritos profesionales por el orden en que éstos
aparecen.
- Mayor puntuación en el apartado de méritos profesionales.
- Mayor antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación temporal o indefinido no fijo,
desempeñando los puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto de la convocatoria.
- En caso de persistir el empate, se establecerá el desempate por sorteo.
DÉCIMO.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
El/la aspirante propuesto/a acreditará ante la Administración, dentro del plazo de 10 días
hábiles desde que se publican en la Sede electrónica de esta Mancomunidad, los documentos
justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, así como
la información incluida en el autobaremo.
La Mancomunidad se reserva el derecho de comprobar la veracidad la documentación
aportada, o solicitar aclaraciones o información adicional cuando se considere necesaria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos o
méritos alegados, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes
de participación.
CVE:
BOP-2022-6710
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 35561
puntuaciones, éste publicará posteriormente en la Sede Electrónica de la Mancomunidad, la
resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas aprobadas, con indicación de la
puntuación definitiva obtenida, elevándose a la Presidencia de la Corporación.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según
aquellas personas aspirantes que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán
adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el orden de puntuación obtenida
de mayor a menor.
En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán
los siguientes y por este orden.
- Mayor puntuación en el apartado de méritos profesionales por el orden en que éstos
aparecen.
- Mayor puntuación en el apartado de méritos profesionales.
- Mayor antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación temporal o indefinido no fijo,
desempeñando los puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto de la convocatoria.
- En caso de persistir el empate, se establecerá el desempate por sorteo.
DÉCIMO.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
El/la aspirante propuesto/a acreditará ante la Administración, dentro del plazo de 10 días
hábiles desde que se publican en la Sede electrónica de esta Mancomunidad, los documentos
justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, así como
la información incluida en el autobaremo.
La Mancomunidad se reserva el derecho de comprobar la veracidad la documentación
aportada, o solicitar aclaraciones o información adicional cuando se considere necesaria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos o
méritos alegados, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes
de participación.
CVE:
BOP-2022-6710
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
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