Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios del Valle del Ambroz. (BOP-2022-6709)
BOP-2022-6709 Convocatoria y bases selección por concurso-oposición del proceso extraordinario de estabilización.
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componentes contratados, éstos no podrán repetir.
-Si el contrato no supera un mes, éste conservará su puntuación y su posición en la bolsa
de empleo a efectos de ser incluido en nuevos llamamientos.
-Si el contrato, tras el primer o sucesivos llamamientos el tiempo de trabajo total
prestado supera un mes, el empleado pasará al último puesto de la bolsa.
La renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia durante la vigencia del contrato,
no darán lugar a la exclusión de la bolsa de trabajo, pero ocasionará un cambio de lugar
del puesto, dentro de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la
bolsa.
Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el
mantenimiento dentro de la Bolsa de Trabajo:
— Estar en situación de ocupado, prestando servicios en ella mancomunidad como
personal contratado, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o
funcionario interino.
— Estar en situación de suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención
quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación
de riesgo o necesidad acreditada por facultativo que exija la lactancia natural de menores
de nueve meses.
— La acreditación documentada de la finalización de tal circunstancia dará lugar a la
reposición en el mismo lugar del orden de lista en las Bolsas de Trabajo en que se
encontrará la persona afectada.
— Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Las personas incluidas en la Bolsa de Trabajo tendrán que presentar datos personales
suficientes que permitan su pronta localización, siendo responsables de que estén
actualizados en todo momento.
Una vez realizado el intento de localización por medio de la comunicación telefónica, la
telegráfica con acuse de recibo o el correo electrónico con acuse de recepción, si no
fuese posible el contacto en veinticuatro horas se acudirá a la persona siguiente. Si se
opta por la comunicación telefónica, se realizarán un mínimo de tres intentos de contacto
entre las 08:30 y las 15:00 horas, con un intervalo de 60 minutos entre cada llamada.
La persona integrante de la Bolsa de Trabajo que reciba propuesta de oferta de trabajo,
en los términos descritos anteriormente, deberá proceder a la aceptación o rechazo de la
misma, en un periodo máximo de 24 horas, salvo circunstancias excepcionales o de
fuerza mayor.
Esta bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de dos años.
La bolsa debidamente actualizada se encontrará publicada de forma permanente en la
sede electrónica de la mancomunidad.
DÉCIMA. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las
prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás
normativa aplicable.
UNDÉCIMA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo
Mancomunidad Valle del Ambroz
Tras de Diego, 20, Hervas. 10700 (Cáceres). Tfno. 927481271. Fax: 927481236
Cód.
Validación:
4KLFRZF9SAE2LEQ6MP4X4WHEL
|
Verificación:
https://valleambroz.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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plataforma
esPublico
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Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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