Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad del Tamuja. (BOP-2022-6706)
BOP-2022-6706 Aprobación de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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MancomunidaddelTAMUJA(Cáceres)
C.I.F.:P1000037J • Plaza España, 1 • Teléfono (927) 31 35 52 • Fax (927) 31 36 46
C.P. 10271 • PLASENZUELA
9.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del
examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por
las mismas o hubieran incurrido en falsedad en relación con los mismos, no podrá ser
nombrados/as funcionarios/as de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
DÉCIMA. Bolsas de trabajo temporal.
Los procesos de estabilización de empleo temporal que convoque la Mancomunidad del
Tamuja regulados en la Ley 20/2021 no generarán bolsas de trabajo temporal.
UNDÉCIMA. Protección de datos.
11.1. Por el solo hecho de su participación en el proceso selectivo, los/as aspirantes
prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos/as
sean incorporados/as al fichero automatizado «Pruebas Selectivas y Bolsas de Trabajo»
(descrito en la Resolución de 28/05/2007, publicada en el BOP n.º 110 de 8 de junio de
2007), una de cuyas finalidades es la gestión de los procesos de selección de los/as
candidatos/as que pretendan acceder a plazas vacantes, salvo que los/as aspirantes
indiquen expresamente no querer que dicha información se utilice a tales efectos.
11.2. La Mancomunidad del Tamuja, como responsable del fichero mencionado,
garantizará el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter
personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los/as aspirantes
quedarán informados/as y prestarán su consentimiento para el tratamiento de los datos
de carácter personal facilitados.
El/la opositor/a podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada,
mediante escrito dirigido a la Mancomunidad del Tamuja. Secretaria.
Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que el/a aspirante ha
autorizado la utilización de sus datos, estos podrá ser publicados en los medios que
dictaminan las presentes bases de convocatoria, con la única finalidad del desarrollo del
proceso selectivo correspondiente.
DECIMOSEGUNDA. Incidencias.
12.1. Las convocatorias, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la
misma y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los/as
interesados/as en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2022-6706
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 35498
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mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del
examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por
las mismas o hubieran incurrido en falsedad en relación con los mismos, no podrá ser
nombrados/as funcionarios/as de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
DÉCIMA. Bolsas de trabajo temporal.
Los procesos de estabilización de empleo temporal que convoque la Mancomunidad del
Tamuja regulados en la Ley 20/2021 no generarán bolsas de trabajo temporal.
UNDÉCIMA. Protección de datos.
11.1. Por el solo hecho de su participación en el proceso selectivo, los/as aspirantes
prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos/as
sean incorporados/as al fichero automatizado «Pruebas Selectivas y Bolsas de Trabajo»
(descrito en la Resolución de 28/05/2007, publicada en el BOP n.º 110 de 8 de junio de
2007), una de cuyas finalidades es la gestión de los procesos de selección de los/as
candidatos/as que pretendan acceder a plazas vacantes, salvo que los/as aspirantes
indiquen expresamente no querer que dicha información se utilice a tales efectos.
11.2. La Mancomunidad del Tamuja, como responsable del fichero mencionado,
garantizará el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter
personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los/as aspirantes
quedarán informados/as y prestarán su consentimiento para el tratamiento de los datos
de carácter personal facilitados.
El/la opositor/a podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada,
mediante escrito dirigido a la Mancomunidad del Tamuja. Secretaria.
Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que el/a aspirante ha
autorizado la utilización de sus datos, estos podrá ser publicados en los medios que
dictaminan las presentes bases de convocatoria, con la única finalidad del desarrollo del
proceso selectivo correspondiente.
DECIMOSEGUNDA. Incidencias.
12.1. Las convocatorias, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la
misma y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los/as
interesados/as en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Verificable
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