Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza de Montánchez. (BOP-2022-6698)
BOP-2022-6698 Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir una plaza de Auxiliar Administrativo/a.
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En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de las personas aspirantes ha realizado
cualquier tipo de actuación fraudulenta o incurrido en falsedad manifiesta en su solicitud, que genere
competencia desleal de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a la
persona interesada, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que
hubiera aprobado la relación definitiva de personas aspirantes admitidas, comunicando las falsedades o
actuaciones fraudulentas formuladas por la persona aspirante. Contra la Resolución de dicho órgano podrán
interponerse los recursos administrativos que procedan.
OCTAVA. Calificación
La puntuación de todos los méritos será de máximo 100 puntos, resultando eliminados, a efectos de la
correspondiente bolsa de trabajo, los aspirantes que no alcancen 50 puntos.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso.
NOVENA. Relación de Aprobados, Acreditación de Requisitos Exigidos y Contratación
Una vez terminada la baremación y consideradas las reclamaciones presentadas, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación en el Boletín Oficial de la Provincia -fecha de referencia para el
cómputo de plazos-, en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[https://zarzademontanchez.sedelectronica.es] y en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión.
Las personas que no superen el proceso selectivo, se incluirán en bolsas de personal laboral temporal
específicas.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que
se publique en el Boletín Oficial de la Provincia la relación a que se hace referencia en el párrafo primero
anterior, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos
ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del
Ministerio u Organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su
expediente personal.
Formalizado el contrato de trabajo, se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el
plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar, en su caso y según proceda,
a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica de los contratos
celebrados.
DÉCIMA. Constitución y funcionamiento de bolsa de trabajo
Se prevé, para aquellas personas que no superen el proceso selectivo, su inclusión en bolsa de trabajo de
personal laboral temporal específica, en la que se integrarán aquellos candidatos que, habiendo participado en
el proceso selectivo correspondiente y no habiendo superado éste, sí hayan obtenido la puntuación mínima de
50 puntos, ordenados según dicha puntuación obtenida.
Los llamamientos se realizarán respetando el orden de prelación, que vendrá determinado por la suma de la
puntuación obtenida en el proceso de selección, mediante comunicación telefónica y/o al correo electrónico
facilitado por el aspirante que consten en los archivos municipales, y en el que se determinará el plazo y la
forma para manifestar la aceptación o rechazo a la oferta. En todo caso, la no manifestación respecto de la
oferta recibida en el plazo indicado se considerará rechazo a la misma.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por llamamiento al
primer aspirante disponible de la lista.
La renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia durante la vigencia del contrato, no darán lugar a la
exclusión de la bolsa, pero ocasionará un cambio de lugar del puesto, dentro de la misma, pasando a ocupar el
último puesto como integrante de la bolsa.
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Cód.
Validación:
64CZG9PC644TCKWDCW54F7NPT
|
Verificación:
https://zarzademontanchez.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2022-6698
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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