Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vegaviana. (BOP-2022-6693)
BOP-2022-6693 Bases generales y especificas reguladoras de la convocatoria para la provisión de plazas dentro del Plan de Consolidación y estabilización de Empleo Temporal (Ley 20/2021, de 28 de diciembre).
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posibilitar su estabilización. De ahí que se considere crucial la experiencia
acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en la Administraciones
Públicas y más en concreto en esta administración, siendo así que los méritos a
valorar se centren en la citada experiencia al haber sido ésta la que al haberse
prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional.
Asimismo, la distinta valoración de la experiencia entre administraciones, radica
en que en el Ayuntamiento de Vegaviana, debido a las peculiares características
de su estructura administrativa y orgánica, el empleado público de este
Ayuntamiento se ve obligado a asumir mayores competencias de las propias de
su puesto de trabajo, desarrollando y adquiriendo funciones y habilidades
específicas del Ayuntamiento de Vegaviana, diferenciadoras de otras
administraciones
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral
temporal, cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación
temporal, o indefinido no fijo, hasta la fecha de publicación del anuncio de la
convocatoria en el BOE, de acuerdo con el siguiente baremo:
Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante, ocupando
el puesto de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria en el
mismo cuerpo y escala funcionarial o en la misma categoría profesional laboral
o asimilada como funcionario interino o laboral temporal:
Puntuación de los servicios prestados
Periodo temporal Puntuación
Hasta 2006 0,366 por mes completo
Del 1/1/2007 al 31/12/2015 0,533 por mes completo
Del 1/1/2016 a la fecha convocatoria 0,966 por mes completo
Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas,
ocupando el puesto de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la
CVE:
BOP-2022-6693
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en la Administraciones
Públicas y más en concreto en esta administración, siendo así que los méritos a
valorar se centren en la citada experiencia al haber sido ésta la que al haberse
prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional.
Asimismo, la distinta valoración de la experiencia entre administraciones, radica
en que en el Ayuntamiento de Vegaviana, debido a las peculiares características
de su estructura administrativa y orgánica, el empleado público de este
Ayuntamiento se ve obligado a asumir mayores competencias de las propias de
su puesto de trabajo, desarrollando y adquiriendo funciones y habilidades
específicas del Ayuntamiento de Vegaviana, diferenciadoras de otras
administraciones
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral
temporal, cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación
temporal, o indefinido no fijo, hasta la fecha de publicación del anuncio de la
convocatoria en el BOE, de acuerdo con el siguiente baremo:
Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante, ocupando
el puesto de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria en el
mismo cuerpo y escala funcionarial o en la misma categoría profesional laboral
o asimilada como funcionario interino o laboral temporal:
Puntuación de los servicios prestados
Periodo temporal Puntuación
Hasta 2006 0,366 por mes completo
Del 1/1/2007 al 31/12/2015 0,533 por mes completo
Del 1/1/2016 a la fecha convocatoria 0,966 por mes completo
Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas,
ocupando el puesto de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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