Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vegaviana. (BOP-2022-6693)
BOP-2022-6693 Bases generales y especificas reguladoras de la convocatoria para la provisión de plazas dentro del Plan de Consolidación y estabilización de Empleo Temporal (Ley 20/2021, de 28 de diciembre).
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prevención de riesgos laborales, igualdad de género, lenguaje de signos,
procedimiento administrativo, administración local, desarrollo local, que
contribuyan al desarrollo personal y profesional de los empleados públicos,
impartidos por Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas, y centros
acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas,
Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público
o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos, y que se acrediten
mediante título, certificado o diploma.
Sólo se valorará una única edición del curso o acción formativa cuando sean
varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia
de los mismos en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de las
actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas
por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten
claramente los días concretos de celebración del curso. En caso de que en las
acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren tanto las horas de
formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su
valoración, siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o más
horas de duración.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado,
las prácticas, colaboraciones o tutorías.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir
al aspirante cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
 Acciones formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no
especifiquen número de horas se valorarán con 0,60 puntos.
 Acciones formativas realizadas de más de 10 horas duración, se valorarán
con 0,20 puntos hora formativa.
CVE:
BOP-2022-6693
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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