Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vegaviana. (BOP-2022-6693)
BOP-2022-6693 Bases generales y especificas reguladoras de la convocatoria para la provisión de plazas dentro del Plan de Consolidación y estabilización de Empleo Temporal (Ley 20/2021, de 28 de diciembre).
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establezca expresamente en las bases específicas de cada
convocatoria:
Servicios prestados en el Ayuntamiento de Vegaviana,
como funcionario interino o como personal laboral temporal,
en la categoría y/o puesto correspondiente a la que se
convoca, al tratarse de procesos de estabilización de
empleo temporal y consolidación de empleo temporal
conforme a lo previsto en la disposición transitoria cuarta del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, hasta el máximo de puntos
que se establezcan en las bases específicas.
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas,
como funcionario interino o como personal laboral temporal,
en una categoría y/o puesto idéntico al convocado. Un
mismo período de servicios no podrá ser objeto de
puntuación simultánea en todos o algunos de los apartados
anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y
excluyente. La puntuación atribuible a este apartado será la
que se establezcan en las bases específicas.
II. Méritos académicos:
a) Cursos de formación y perfeccionamiento, únicamente
se valorarán acciones formativas, titulación de formación
profesional, universitarias y titulaciones de Expertos y
Máster Universitarios debidamente acreditadas que
versen sobre materias directamente relacionadas con las
funciones propias del puesto convocado, impartidos por
Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas, y
centros acogidos al Plan de Formación continua de las
Administraciones Públicas, Universidades o Colegios
Profesionales, o bien por cualquier organismo público o
privado siempre que hayan sido oficialmente
reconocidos, y que se acrediten mediante título,
certificado o diploma, hasta el máximo de puntuación que
CVE:
BOP-2022-6693
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 35282
convocatoria:
Servicios prestados en el Ayuntamiento de Vegaviana,
como funcionario interino o como personal laboral temporal,
en la categoría y/o puesto correspondiente a la que se
convoca, al tratarse de procesos de estabilización de
empleo temporal y consolidación de empleo temporal
conforme a lo previsto en la disposición transitoria cuarta del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, hasta el máximo de puntos
que se establezcan en las bases específicas.
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas,
como funcionario interino o como personal laboral temporal,
en una categoría y/o puesto idéntico al convocado. Un
mismo período de servicios no podrá ser objeto de
puntuación simultánea en todos o algunos de los apartados
anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y
excluyente. La puntuación atribuible a este apartado será la
que se establezcan en las bases específicas.
II. Méritos académicos:
a) Cursos de formación y perfeccionamiento, únicamente
se valorarán acciones formativas, titulación de formación
profesional, universitarias y titulaciones de Expertos y
Máster Universitarios debidamente acreditadas que
versen sobre materias directamente relacionadas con las
funciones propias del puesto convocado, impartidos por
Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas, y
centros acogidos al Plan de Formación continua de las
Administraciones Públicas, Universidades o Colegios
Profesionales, o bien por cualquier organismo público o
privado siempre que hayan sido oficialmente
reconocidos, y que se acrediten mediante título,
certificado o diploma, hasta el máximo de puntuación que
CVE:
BOP-2022-6693
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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