Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vegaviana. (BOP-2022-6693)
BOP-2022-6693 Bases generales y especificas reguladoras de la convocatoria para la provisión de plazas dentro del Plan de Consolidación y estabilización de Empleo Temporal (Ley 20/2021, de 28 de diciembre).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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el tribunal estime necesario la actuación de titulares y suplentes en
sesiones distintas a las especificadas anteriormente, podrá acordar dicha
actuación concurrente.
5.5. Actuación: el Tribunal adoptará sus decisiones por mayoría, mediante
votación nominal, y en caso de empate se repetirá la votación. Si en una
segunda persistiera el empate, este lo dirimirá el presidente con su voto.
Para las votaciones seguirá el orden establecido en la resolución del
nombramiento de los miembros del tribunal, votando siempre en último
lugar el presidente. Los órganos de selección deberán ajustarse a los
principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros,
responderán al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres,
y velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades
entre ambos sexos.
El/la presidente/a del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que
cada uno de los ejercicios de la fase de Oposición se realice de forma
conjunta y coordinada y para garantizar que los mismos sean corregidos
sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, quedando
automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los
que consten marcas o signos de identificación. Las resoluciones del
tribunal calificador se adoptarán por mayoría y vincularán a la
Administración, sin perjuicio de que esta, en su caso, pueda proceder a
su revisión conforme a los artículos 106 y siguientes de Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
5.6.Impugnación: sus acuerdos solo podrán ser impugnados en los
supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Si el tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo,
tuviere conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes
CVE:
BOP-2022-6693
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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sesiones distintas a las especificadas anteriormente, podrá acordar dicha
actuación concurrente.
5.5. Actuación: el Tribunal adoptará sus decisiones por mayoría, mediante
votación nominal, y en caso de empate se repetirá la votación. Si en una
segunda persistiera el empate, este lo dirimirá el presidente con su voto.
Para las votaciones seguirá el orden establecido en la resolución del
nombramiento de los miembros del tribunal, votando siempre en último
lugar el presidente. Los órganos de selección deberán ajustarse a los
principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros,
responderán al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres,
y velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades
entre ambos sexos.
El/la presidente/a del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que
cada uno de los ejercicios de la fase de Oposición se realice de forma
conjunta y coordinada y para garantizar que los mismos sean corregidos
sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, quedando
automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los
que consten marcas o signos de identificación. Las resoluciones del
tribunal calificador se adoptarán por mayoría y vincularán a la
Administración, sin perjuicio de que esta, en su caso, pueda proceder a
su revisión conforme a los artículos 106 y siguientes de Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
5.6.Impugnación: sus acuerdos solo podrán ser impugnados en los
supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Si el tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo,
tuviere conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes
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Verificable
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