Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de la Vera. (BOP-2022-6691)
BOP-2022-6691 Establecimiento y fijación de precio público por prestación de servicios en área municipal de caravanas.
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CAPÍTULO V – OBLIGACIÓN DE PAGO
Artículo 5.
1. La obligación de pagar el precio público nace en general desde que se inicie la prestación
del servicio o la realización de la actividad debiéndose hacer efectivo de acuerdo con las
siguientes normas de gestión.
2. El devengo de este precio público tendrá lugar cuando se inicie la prestación del servicio. Se
entenderá que se inicia la prestación del servicio cuando se efectúe la correspondiente reserva
de plaza de estacionamiento, materializándose con la autorización de acceso o apertura de la
barrera.
3. Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio la actividad no se preste o
desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente.
CAPITULO VI – NORMAS DE GESTIÓN
Artículo 6.
1. Para poder acceder al área de caravanas, los/as usuarios/as deberán identificarse
previamente en una web de reservas y aplicación móvil habilitada al efecto, debiendo introducir
la matrícula o el número de móvil.
Una vez identificado, el/la usuario/a formulará el periodo (día o días) de reserva de plaza de
estacionamiento, debiendo abonar el precio que corresponda en aplicación de las tarifas
descritas en la presente ordenanza, a través de la tarjeta de crédito/débito que se haya
designado, a efectos de confirmar la reserva.
El sistema limita físicamente el acceso de vehículos al área de caravanas, accionándose la
barrera de acceso tras la comprobación de datos del usuario.
2. Excepcionalmente, contando con la autorización del Ayuntamiento, se podrá acceder de
manera manual al área de caravanas, debiendo abonar el correspondiente precio público al
entrar en el recinto habilitado. El ayuntamiento extenderá nota de pago, indicando tarifa y día/s
de servicio.
En este caso, no se permitirá que el vehículo abandone las instalaciones sin que se hayan
ingresado al Ayuntamiento de Valverde de la Vera los precios públicos devengados, salvo
cuando sea retirado con servicio de grúa a instancia del Ayuntamiento de Valverde de la Vera.
CVE:
BOP-2022-6691
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 35261
Artículo 5.
1. La obligación de pagar el precio público nace en general desde que se inicie la prestación
del servicio o la realización de la actividad debiéndose hacer efectivo de acuerdo con las
siguientes normas de gestión.
2. El devengo de este precio público tendrá lugar cuando se inicie la prestación del servicio. Se
entenderá que se inicia la prestación del servicio cuando se efectúe la correspondiente reserva
de plaza de estacionamiento, materializándose con la autorización de acceso o apertura de la
barrera.
3. Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio la actividad no se preste o
desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente.
CAPITULO VI – NORMAS DE GESTIÓN
Artículo 6.
1. Para poder acceder al área de caravanas, los/as usuarios/as deberán identificarse
previamente en una web de reservas y aplicación móvil habilitada al efecto, debiendo introducir
la matrícula o el número de móvil.
Una vez identificado, el/la usuario/a formulará el periodo (día o días) de reserva de plaza de
estacionamiento, debiendo abonar el precio que corresponda en aplicación de las tarifas
descritas en la presente ordenanza, a través de la tarjeta de crédito/débito que se haya
designado, a efectos de confirmar la reserva.
El sistema limita físicamente el acceso de vehículos al área de caravanas, accionándose la
barrera de acceso tras la comprobación de datos del usuario.
2. Excepcionalmente, contando con la autorización del Ayuntamiento, se podrá acceder de
manera manual al área de caravanas, debiendo abonar el correspondiente precio público al
entrar en el recinto habilitado. El ayuntamiento extenderá nota de pago, indicando tarifa y día/s
de servicio.
En este caso, no se permitirá que el vehículo abandone las instalaciones sin que se hayan
ingresado al Ayuntamiento de Valverde de la Vera los precios públicos devengados, salvo
cuando sea retirado con servicio de grúa a instancia del Ayuntamiento de Valverde de la Vera.
CVE:
BOP-2022-6691
Verificable
en:
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Viernes, 30 de diciembre de 2022
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