Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejoncillo. (BOP-2022-6680)
BOP-2022-6680 Aprobación de las bases de estabilización del empleo Ley 20/2021.
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LICENCIADO 2,5
GRADO 2
b.1. b) Formación recibida orientada al desempeño de funciones de plaza: Máximo 12 puntos.
Por cada 10 horas de formación recibido, orientado al desempeño de funciones de plaza
Agente de empleo y Desarrollo local…………….. 0.20 puntos. Máximo 12 puntos.
b.2 Otros Méritos, máximo 5 puntos
b.2 a) Superación de procesos selectivos de puesto, en el Ayuntamiento de Torrejoncillo
o en sus Organismos autónomos: máximo 3 puntos
Por la superación de un proceso selectivo, 1 punto.
b.2 a) Por estar en posesión del carné de conducir B1, 2 punto.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
Administraciones Públicas con competencia de formación en desarrollo del planes de Empleo u
Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por organizaciones sindicales u otros
agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las
Administraciones Públicas, Universidades y colegios profesionales. Asimismo se valorarán los
cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por los agentes anteriores.
Serán valorados los cursos de formación impartidos de los planes para la formación del
personal de las administraciones publicas impartidos por la Diputación Provincial de Cáceres o
sindicatos. Se valorarán además los cursos impartidos por la Federación de Municipios y
Provincias(FEMP).
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán
valorados proporcionalmente al tiempo trabajado. No se computarán servicios que hubiesen
sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
La antigüedad se acreditará siempre mediante informe de vida laboral y además certificación
expedida por el órgano competente de la Administración Pública.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Torrejoncillo o en sus Organismos Autónomos
se certificarán de oficio por el órgano administrativo correspondiente que lo remitirá al Tribunal
CVE:
BOP-2022-6680
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 35135
LICENCIADO 2,5
GRADO 2
b.1. b) Formación recibida orientada al desempeño de funciones de plaza: Máximo 12 puntos.
Por cada 10 horas de formación recibido, orientado al desempeño de funciones de plaza
Agente de empleo y Desarrollo local…………….. 0.20 puntos. Máximo 12 puntos.
b.2 Otros Méritos, máximo 5 puntos
b.2 a) Superación de procesos selectivos de puesto, en el Ayuntamiento de Torrejoncillo
o en sus Organismos autónomos: máximo 3 puntos
Por la superación de un proceso selectivo, 1 punto.
b.2 a) Por estar en posesión del carné de conducir B1, 2 punto.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
Administraciones Públicas con competencia de formación en desarrollo del planes de Empleo u
Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por organizaciones sindicales u otros
agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las
Administraciones Públicas, Universidades y colegios profesionales. Asimismo se valorarán los
cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por los agentes anteriores.
Serán valorados los cursos de formación impartidos de los planes para la formación del
personal de las administraciones publicas impartidos por la Diputación Provincial de Cáceres o
sindicatos. Se valorarán además los cursos impartidos por la Federación de Municipios y
Provincias(FEMP).
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán
valorados proporcionalmente al tiempo trabajado. No se computarán servicios que hubiesen
sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
La antigüedad se acreditará siempre mediante informe de vida laboral y además certificación
expedida por el órgano competente de la Administración Pública.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Torrejoncillo o en sus Organismos Autónomos
se certificarán de oficio por el órgano administrativo correspondiente que lo remitirá al Tribunal
CVE:
BOP-2022-6680
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 35135