Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Sierra de Fuentes. (BOP-2022-6672)
BOP-2022-6672 Bases estabilización empleo público.
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Derecho Público (Colegios Profesionales, etc,) o bien, por institución pública o privada en colaboración con Administración
Publica, u homologados por las mismas, con arreglo al siguiente baremo:
- 0.03 puntos por hora de formación, incluyendo cursos impartidos o recibidos.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará mediante la presentación del certificado o diploma
de asistencia con el contenido del programa oficial del curso con indicación del número de horas lectivas. Se valorará, una
única edición del curso o acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (Primera y Segunda Parte; Curso Básico y Curso Avanzado...), se sumará
la carga lectiva total a efectos de su valoración. Cuando del documento aportado se deduzca que sólo en parte guarda
relación con las funciones a desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que corresponda siempre, y
exclusivamente, que se indique la carga lectiva en horas de la misma. Si la duración se reflejara en días, sin especificación de
horas, se computará a razón de 5 horas por cada día que se acredite.
Cuando la acción formativa se especifique en créditos, la equivalencia será de 10 horas por cada crédito.
b 2. Titulación académica: Se valorará con DOS puntos la titulación académica de nivel igual, o superior, distinta a
la requerida para el acceso al Cuerpo y Especialidad, Escala y Especialidad o Categoría y Especialidad a la que se desea
acceder.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará por los aspirantes mediante la presentación de
documento original o copia auténtica, en los mismos términos establecidos en cuanto a la titulación exigida que establecen
los apartados 2 y 3 de la cláusula novena de las presentes bases.
3. La puntuación definitiva del proceso vendrá determinada por la suma de la obtenida en la fase de concurso, en su
caso, determinando el resultado el orden de clasificación definitiva de las personas aspirantes.
4. De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por el siguiente orden:
1º. Mayor número de años, meses y días de servicios prestados como funcionario interino, personal laboral temporal o
indefinido no fijo en el Ayuntamiento de Sierra de Fuentes en el puesto a que se opta.
2º De mantenerse el empate por mayor número de años, meses y días prestados en el mismo grupo, subgrupo y
puesto de trabajo en otras administraciones públicas como personal funcionario interino, laboral temporal o indefinido no
fijo.
3º De continuar el empate por mayor puntuación en el apartado de méritos académicos.
4º. De persistir el empate se resolverá por sorteo.
CVE:
BOP-2022-6672
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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