Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Sierra de Fuentes. (BOP-2022-6672)
BOP-2022-6672 Bases estabilización empleo público.
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selectivo dirigida al órgano competente. Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el
aspirante podrá seguir participando condicionadamente en el proceso selectivo.
10. En la medida de la capacidades personales de este Ayuntamiento, se constituirá un Tribunal de selección por
cada una de las plazas convocadas, siendo su composición aprobada por Resolución de la Alcaldía y objeto de
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en la sede electrónica municipal
(http://sierradefuentes.sedelectronica.es) y el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Sierra de Fuentes.
DECIMOTERCERA. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA.
Tras la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, se
convocarán los respectivos Tribunales de Selección, uno por cada plaza convocada, si procede, de acuerdo con la Base
duodécima, al objeto de proceder a la baremación de los méritos alegados por los aspirantes en la categoría de plaza a la
que opta.
DECIMOCUARTA. BAREMACIÓN DEL CONCURSO DE MÉRITOS
1. Siendo un proceso de estabilización de empleo, se considera mayoritariamente valorar entre otros méritos de la
fase de concurso, el tiempo de servicios prestados en la Administración Local y la experiencia concreta en el puesto
objeto de la convocatoria. Al respecto, indicar que se fija una mayor valoración a los servicios prestados en este
Ayuntamiento, con relación a otras Administraciones, en base a la Resolución de 1 de abril de 2022 de la Secretaría
de Estado de Función Pública sobre las Orientaciones para la puesta en marcha de los procesos de estabilización
derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el
empleo público, así como las posteriores en la misma línea, y que sirve como guía a las diferentes Administraciones
Públicas en estos procesos, señalando la misma, respecto a la valoración de los méritos profesionales, una
diferenciación entre servicios prestados «en la categoría profesional de la Administración a la que se desea acceder»
y servicios prestados «en la categoría profesional de otras Administraciones Públicas». Dicha diferenciación tiene
también su base en la STS de 24 de junio de 2019, que en su fundamento jurídico cuarto, se pronuncia en este
sentido, y no cabe duda que la experiencia en este Ayuntamiento, en la misma categoría profesional que la plaza
que se convoca, implica un mayor conocimiento a nivel organizativo y funcional y simplifica, agiliza y favorece el
funcionamiento del Ayuntamiento en la diversidad de actuaciones administrativas.
2. El sistema será el de concurso de valoración de méritos (de acuerdo con los artículos
61.6 y 61.7 del TRLEBEP), con una puntuación total de 20 puntos y consistirán en la valoración de los siguientes
méritos:
a. Méritos profesionales, con una puntuación máxima de 16 puntos de acuerdo con la siguiente puntuación:
CVE:
BOP-2022-6672
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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selectivo dirigida al órgano competente. Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el
aspirante podrá seguir participando condicionadamente en el proceso selectivo.
10. En la medida de la capacidades personales de este Ayuntamiento, se constituirá un Tribunal de selección por
cada una de las plazas convocadas, siendo su composición aprobada por Resolución de la Alcaldía y objeto de
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en la sede electrónica municipal
(http://sierradefuentes.sedelectronica.es) y el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Sierra de Fuentes.
DECIMOTERCERA. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA.
Tras la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, se
convocarán los respectivos Tribunales de Selección, uno por cada plaza convocada, si procede, de acuerdo con la Base
duodécima, al objeto de proceder a la baremación de los méritos alegados por los aspirantes en la categoría de plaza a la
que opta.
DECIMOCUARTA. BAREMACIÓN DEL CONCURSO DE MÉRITOS
1. Siendo un proceso de estabilización de empleo, se considera mayoritariamente valorar entre otros méritos de la
fase de concurso, el tiempo de servicios prestados en la Administración Local y la experiencia concreta en el puesto
objeto de la convocatoria. Al respecto, indicar que se fija una mayor valoración a los servicios prestados en este
Ayuntamiento, con relación a otras Administraciones, en base a la Resolución de 1 de abril de 2022 de la Secretaría
de Estado de Función Pública sobre las Orientaciones para la puesta en marcha de los procesos de estabilización
derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el
empleo público, así como las posteriores en la misma línea, y que sirve como guía a las diferentes Administraciones
Públicas en estos procesos, señalando la misma, respecto a la valoración de los méritos profesionales, una
diferenciación entre servicios prestados «en la categoría profesional de la Administración a la que se desea acceder»
y servicios prestados «en la categoría profesional de otras Administraciones Públicas». Dicha diferenciación tiene
también su base en la STS de 24 de junio de 2019, que en su fundamento jurídico cuarto, se pronuncia en este
sentido, y no cabe duda que la experiencia en este Ayuntamiento, en la misma categoría profesional que la plaza
que se convoca, implica un mayor conocimiento a nivel organizativo y funcional y simplifica, agiliza y favorece el
funcionamiento del Ayuntamiento en la diversidad de actuaciones administrativas.
2. El sistema será el de concurso de valoración de méritos (de acuerdo con los artículos
61.6 y 61.7 del TRLEBEP), con una puntuación total de 20 puntos y consistirán en la valoración de los siguientes
méritos:
a. Méritos profesionales, con una puntuación máxima de 16 puntos de acuerdo con la siguiente puntuación:
CVE:
BOP-2022-6672
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
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