Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto. (BOP-2022-6670)
BOP-2022-6670 Convocatoria y bases para proceso de estabilización de empleo temporal de una plaza, ley 20/2021 de 28 de diciembre.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
AYUNTAMIENTO DE VILLASBUENAS DE GATA
Plaza Palacio, 1. C.P. 10858 Tlf.: 927. 67 30 78 - Fax: 927 67 30 23
convocadas.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días
hábiles desde que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento https://villasbuenasdegata.sedelectronica.es, los documentos justificativos de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria (Anexo II).
[Como medida apropiada de agilización en virtud de lo previsto en la Disposición adicional cuarta
de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el
empleo público; conforme al artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las Administraciones Públicas
no requerirán a los interesados datos o documentos no exigidos por la normativa reguladora aplicable o
que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración. A estos efectos, el
interesado deberá indicar en qué momento y ante que órgano administrativo presentó los citados
documentos, debiendo las Administraciones Públicas recabarlos electrónicamente a través de sus redes
corporativas o de una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos
habilitados al efecto. Se presumirá que esta consulta es autorizada por los interesados, salvo que conste en
el procedimiento su oposición expresa o la ley especial aplicable requiera consentimiento expreso.
Excepcionalmente, si las Administraciones Públicas no pudieran recabar los citados documentos,
podrán solicitar nuevamente al interesado su aportación].
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser
nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto
de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que
corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá
la condición de empleado público.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el
plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal
de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
CVE:
BOP-2022-6670
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34947
Plaza Palacio, 1. C.P. 10858 Tlf.: 927. 67 30 78 - Fax: 927 67 30 23
convocadas.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días
hábiles desde que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento https://villasbuenasdegata.sedelectronica.es, los documentos justificativos de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria (Anexo II).
[Como medida apropiada de agilización en virtud de lo previsto en la Disposición adicional cuarta
de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el
empleo público; conforme al artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las Administraciones Públicas
no requerirán a los interesados datos o documentos no exigidos por la normativa reguladora aplicable o
que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración. A estos efectos, el
interesado deberá indicar en qué momento y ante que órgano administrativo presentó los citados
documentos, debiendo las Administraciones Públicas recabarlos electrónicamente a través de sus redes
corporativas o de una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos
habilitados al efecto. Se presumirá que esta consulta es autorizada por los interesados, salvo que conste en
el procedimiento su oposición expresa o la ley especial aplicable requiera consentimiento expreso.
Excepcionalmente, si las Administraciones Públicas no pudieran recabar los citados documentos,
podrán solicitar nuevamente al interesado su aportación].
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser
nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto
de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que
corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá
la condición de empleado público.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el
plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal
de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
CVE:
BOP-2022-6670
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34947