Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Romangordo. (BOP-2022-6660)
BOP-2022-6660 Convocatoria para la provisión de una plaza de Encargado/a Obras (Oficial Segunda). Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Romangordo (Cáceres)
Plaza de España, 1, Romangordo. 10359. Cáceres. Tfno. 927576581. Fax. 927576525
AYUNTAMIENTO DE ROMANGORDO (CÁCERES)
C. I. F. P-1016300-D Plaza de España, 1. 10.359–Tfn.927576581-Fax 927576525- romangordo@campoaranuelo.org
BASE DECIMOSEGUNDA. MÉRITOS DEL CONCURSO OBJETO DE VALORACIÓN
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, destacando la
experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter
excepcional de Estabilización de Empleo Temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de
conformidad con las Disposiciones Adicionales Sexta y Octava, es reducir la temporalidad de
los
empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se
considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las
Administraciones Públicas y más en concreto en esta Corporación, siendo así que los méritos a
valorar se centren en la citada experiencia al haber sido ésta, la que al haberse prolongado en
el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento de la doctrina
del TJUE.
La fase de concurso, en la que la puntuación máxima a obtener será de 10,00 puntos, consistirá
en la valoración de los méritos que acrediten los aspirantes, conforme al baremo y puntuación
que se establece a continuación:
A. Experiencia profesional (máximo 8,00 puntos):
- A.1. Servicios prestados como personal laboral o funcionario interino en la plaza de
Encargado Obras -Oficial Segunda Construcción del Ayuntamiento de Romangordo objeto
de estabilización de la presente convocatoria, a razón de 0,090 puntos por cada mes
completo de servicio, al tratarse de un proceso de estabilización de empleo temporal. Hasta
un máximo de 8 puntos.
- A.2. Servicios prestados en cualquier Administración Pública Local como personal laboral o
funcionario interino en puestos de trabajo de igual o similar naturaleza a la del objeto de la
presente convocatoria, a razón de 0,020 puntos por cada mes completo de servicio. Hasta
un máximo de 4 puntos.
- A.3. Servicios prestados en otras Administraciones del Sector Público como personal
laboral o funcionario interino en puesto de trabajo de igual o similar naturaleza a la del
objeto de la presente convocatoria, a razón de 0,005 puntos por cada mes completo de
servicio. Hasta un máximo de 1 punto.
La prestación de servicios a tiempo parcial se computará como jornada completa, siempre que
la jornada sea igual o superior al 50% de esta, no teniéndose en cuenta estos, en el caso de
que la jornada parcial sea inferior al 50%.
Los servicios prestados que se acrediten en años se transformarán en meses, a razón de doce
meses por año y los expresados en días se transformarán en meses, a razón de treinta días
naturales por mes. Los días que, tras practicar estas operaciones, resulten sobrantes,
quedarán descartados a todos los efectos.
En el supuesto de que se hayan simultaneado dos o más contratos en las mismas fechas, se
valorará únicamente aquél del que se derive la puntuación más favorable para la persona
aspirante.
La experiencia profesional en Administraciones Públicas se acreditará con Informe de la Vida
laboral expedido por la Seguridad Social, acompañada de la certificación de los servicios
prestados expedida por el órgano competente a tal fin, en la que, en su caso, conste la
categoría profesional o de la que se desprenda que han desempeñado funciones vinculadas a
la categoría profesional objeto de la convocatoria, con expresión del tiempo que ha venido
desempeñando y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo.
Será imprescindible ambos documentos para que dicha experiencia pueda ser valorada.
Cód.
Validación:
AD9TCLMEM4GD3C5S2JAZ9LLDM
|
Verificación:
https://romangordo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
11
de
17
CVE:
BOP-2022-6660
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34772
Plaza de España, 1, Romangordo. 10359. Cáceres. Tfno. 927576581. Fax. 927576525
AYUNTAMIENTO DE ROMANGORDO (CÁCERES)
C. I. F. P-1016300-D Plaza de España, 1. 10.359–Tfn.927576581-Fax 927576525- romangordo@campoaranuelo.org
BASE DECIMOSEGUNDA. MÉRITOS DEL CONCURSO OBJETO DE VALORACIÓN
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, destacando la
experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter
excepcional de Estabilización de Empleo Temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de
conformidad con las Disposiciones Adicionales Sexta y Octava, es reducir la temporalidad de
los
empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se
considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las
Administraciones Públicas y más en concreto en esta Corporación, siendo así que los méritos a
valorar se centren en la citada experiencia al haber sido ésta, la que al haberse prolongado en
el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento de la doctrina
del TJUE.
La fase de concurso, en la que la puntuación máxima a obtener será de 10,00 puntos, consistirá
en la valoración de los méritos que acrediten los aspirantes, conforme al baremo y puntuación
que se establece a continuación:
A. Experiencia profesional (máximo 8,00 puntos):
- A.1. Servicios prestados como personal laboral o funcionario interino en la plaza de
Encargado Obras -Oficial Segunda Construcción del Ayuntamiento de Romangordo objeto
de estabilización de la presente convocatoria, a razón de 0,090 puntos por cada mes
completo de servicio, al tratarse de un proceso de estabilización de empleo temporal. Hasta
un máximo de 8 puntos.
- A.2. Servicios prestados en cualquier Administración Pública Local como personal laboral o
funcionario interino en puestos de trabajo de igual o similar naturaleza a la del objeto de la
presente convocatoria, a razón de 0,020 puntos por cada mes completo de servicio. Hasta
un máximo de 4 puntos.
- A.3. Servicios prestados en otras Administraciones del Sector Público como personal
laboral o funcionario interino en puesto de trabajo de igual o similar naturaleza a la del
objeto de la presente convocatoria, a razón de 0,005 puntos por cada mes completo de
servicio. Hasta un máximo de 1 punto.
La prestación de servicios a tiempo parcial se computará como jornada completa, siempre que
la jornada sea igual o superior al 50% de esta, no teniéndose en cuenta estos, en el caso de
que la jornada parcial sea inferior al 50%.
Los servicios prestados que se acrediten en años se transformarán en meses, a razón de doce
meses por año y los expresados en días se transformarán en meses, a razón de treinta días
naturales por mes. Los días que, tras practicar estas operaciones, resulten sobrantes,
quedarán descartados a todos los efectos.
En el supuesto de que se hayan simultaneado dos o más contratos en las mismas fechas, se
valorará únicamente aquél del que se derive la puntuación más favorable para la persona
aspirante.
La experiencia profesional en Administraciones Públicas se acreditará con Informe de la Vida
laboral expedido por la Seguridad Social, acompañada de la certificación de los servicios
prestados expedida por el órgano competente a tal fin, en la que, en su caso, conste la
categoría profesional o de la que se desprenda que han desempeñado funciones vinculadas a
la categoría profesional objeto de la convocatoria, con expresión del tiempo que ha venido
desempeñando y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo.
Será imprescindible ambos documentos para que dicha experiencia pueda ser valorada.
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Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34772