Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pinofranqueado. (BOP-2022-6650)
BOP-2022-6650 Bases convocatoria del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal- 1 plaza de Educador/a de la Guardería Municipal.
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AYUNTAMIENTO DE PINOFRANQUEADO
C.I.F. P-1014900-C
Plaza Reina Victoria, 1
Teléf. 927 67 41 81 – Fax 927 67 41 51
e-mail: alcaldía@lashurdes.org
administrativo@lashurdes.org
10630 PINOFRANQUEADO (Cáceres)
empleados públicos, a fin de su estabilización, se considera crucial su experiencia
acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en la Administración Pública
y más en concreto, en esta Corporación y en las plazas objeto de estas
convocatorias. Por ello los méritos se centran mayoritariamente en la experiencia, al
haber sido esta la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este
proceso excepcional. Se ha de considerar como aspecto primordial que el
desempeño de alguna de las plazas que serán objeto de estos procesos especiales
ha sido como consecuencia de la superación de procesos de selección. No así
otras, que han sido como consecuencia de reconocimiento de sentencia judicial en
procesos de subrogación de empresas adjudicatarias de servicios públicos
municipales, que dejan de prestar servicios y revierten a la Administración titular de
la competencia.
En esta Ley se establece en la Disposición Adicional primera diversas medidas en
el ámbito local, de agilidad en los procesos de selección, estableciendo que no será
de aplicación lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del Real Decreto 896/1981, de 7 de
junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que
debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración
Local.
Igualmente, la Disposición Adicional cuarta, señala que las Administraciones
Públicas deberán asegurar el cumplimiento del plazo establecido para la ejecución
de los procesos selectivos mediante la adopción de medidas apropiadas para el
desarrollo ágil de los procesos selectivos, tales como la reducción de plazos, la
digitalización de los procesos, la acumulación de pruebas en un mismo ejercicio u
otras.
PRIMERA. Objeto.
1.1.Las presentes bases tienen por objeto regular el proceso de estabilización de
empleo temporal convocado por el Excmo. Ayuntamiento de Pinofranqueado,
dentro del marco general de ejecución de las Ofertas de Empleo Público
Extraordinaria de 2021, de estabilización de empleo temporal- 1 PLAZA DE
EDUCADOR/A DE LA GUARDERIA MUNICIPAL- PERSONAL LABORAL-
GRUPO A, SUBGRUPO A2, de conformidad a lo previsto en la Relación de
Puestos de Trabajo actualmente vigente.
1.2. Este proceso selectivo será convocado y publicado antes de la finalización del
ejercicio 2022 y finalizará antes del 31 de diciembre de 2024.
1.3.Este proceso selectivo de estabilización de empleo temporal tendrá en cuenta el
principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al
acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo14 de la Constitución Española,
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, la Directiva 2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de
CVE:
BOP-2022-6650
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34623
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empleados públicos, a fin de su estabilización, se considera crucial su experiencia
acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en la Administración Pública
y más en concreto, en esta Corporación y en las plazas objeto de estas
convocatorias. Por ello los méritos se centran mayoritariamente en la experiencia, al
haber sido esta la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este
proceso excepcional. Se ha de considerar como aspecto primordial que el
desempeño de alguna de las plazas que serán objeto de estos procesos especiales
ha sido como consecuencia de la superación de procesos de selección. No así
otras, que han sido como consecuencia de reconocimiento de sentencia judicial en
procesos de subrogación de empresas adjudicatarias de servicios públicos
municipales, que dejan de prestar servicios y revierten a la Administración titular de
la competencia.
En esta Ley se establece en la Disposición Adicional primera diversas medidas en
el ámbito local, de agilidad en los procesos de selección, estableciendo que no será
de aplicación lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del Real Decreto 896/1981, de 7 de
junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que
debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración
Local.
Igualmente, la Disposición Adicional cuarta, señala que las Administraciones
Públicas deberán asegurar el cumplimiento del plazo establecido para la ejecución
de los procesos selectivos mediante la adopción de medidas apropiadas para el
desarrollo ágil de los procesos selectivos, tales como la reducción de plazos, la
digitalización de los procesos, la acumulación de pruebas en un mismo ejercicio u
otras.
PRIMERA. Objeto.
1.1.Las presentes bases tienen por objeto regular el proceso de estabilización de
empleo temporal convocado por el Excmo. Ayuntamiento de Pinofranqueado,
dentro del marco general de ejecución de las Ofertas de Empleo Público
Extraordinaria de 2021, de estabilización de empleo temporal- 1 PLAZA DE
EDUCADOR/A DE LA GUARDERIA MUNICIPAL- PERSONAL LABORAL-
GRUPO A, SUBGRUPO A2, de conformidad a lo previsto en la Relación de
Puestos de Trabajo actualmente vigente.
1.2. Este proceso selectivo será convocado y publicado antes de la finalización del
ejercicio 2022 y finalizará antes del 31 de diciembre de 2024.
1.3.Este proceso selectivo de estabilización de empleo temporal tendrá en cuenta el
principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al
acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo14 de la Constitución Española,
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, la Directiva 2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de
CVE:
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Verificable
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N.º 0248
Pág. 34623