Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pinofranqueado. (BOP-2022-6649)
BOP-2022-6649 Bases convocatoria del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal- 1 plaza de Administrativo/a.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE PINOFRANQUEADO
C.I.F. P-1014900-C
Plaza Reina Victoria, 1
Teléf. 927 67 41 81 – Fax 927 67 41 51
e-mail: alcaldía@lashurdes.org
administrativo@lashurdes.org
10630 PINOFRANQUEADO (Cáceres)
En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren
tanto las horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos
para su valoración, siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o
más horas de duración.
b.2)Titulación: Máximo 10 puntos.
Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para el ingreso: 10 puntos.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de
nivel superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el
Ministerio que tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de
Consejo de Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el
Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su
certificado de correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y
de Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios del
Ministerio que ostente las competencias en educación, según corresponda a las
plazas convocadas.
SEPTIMA.-Calificación del proceso selectivo.
7.1.Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, la Comisión hará
pública en la página web del Ayuntamiento de Pinofranqueado, las puntuaciones
provisionales obtenidas por las personas aspirantes. El plazo para presentar
alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de tres días hábiles a partir
del día siguiente a la publicación de las mismas.
La no presentación en la instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo
señalado para la presentación de solicitudes, así como la documentación acreditativa,
supondrá la no valoración al aspirante de los mismos.
7.2.Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran
sido presentadas, la Comisión hará públicas en la página web del Ayuntamiento las
puntuaciones definitivas del Concurso.
7.3.En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a la
mayor antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación temporal o indefinido o
fijo en el desempeño de los puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto
CVE:
BOP-2022-6649
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34615
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administrativo@lashurdes.org
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En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren
tanto las horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos
para su valoración, siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o
más horas de duración.
b.2)Titulación: Máximo 10 puntos.
Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para el ingreso: 10 puntos.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de
nivel superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el
Ministerio que tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de
Consejo de Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el
Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su
certificado de correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y
de Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios del
Ministerio que ostente las competencias en educación, según corresponda a las
plazas convocadas.
SEPTIMA.-Calificación del proceso selectivo.
7.1.Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, la Comisión hará
pública en la página web del Ayuntamiento de Pinofranqueado, las puntuaciones
provisionales obtenidas por las personas aspirantes. El plazo para presentar
alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de tres días hábiles a partir
del día siguiente a la publicación de las mismas.
La no presentación en la instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo
señalado para la presentación de solicitudes, así como la documentación acreditativa,
supondrá la no valoración al aspirante de los mismos.
7.2.Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran
sido presentadas, la Comisión hará públicas en la página web del Ayuntamiento las
puntuaciones definitivas del Concurso.
7.3.En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a la
mayor antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación temporal o indefinido o
fijo en el desempeño de los puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto
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Viernes, 30 de diciembre de 2022
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