Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata. (BOP-2022-6647)
BOP-2022-6647 Bases y convocatoria de una plaza de Auxiliar de escuela infantil. Concurso a través del proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres)
Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres)
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BASE DECIMOCUARTA. MÉRITOS DEL CONCURSO OBJETO DE VALORACIÓN
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, destacando la
experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter
excepcional de Estabilización de Empleo Temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de
conformidad con las Disposiciones Adicionales Sexta y Octava, es reducir la temporalidad de los
empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se
considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las
Administraciones Públicas y más en concreto en esta Corporación, siendo así que los méritos a
valorar se centren en la citada experiencia al haber sido ésta, la que al haberse prolongado en
el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento de la doctrina
del TJUE.
La fase de concurso, en la que la puntuación máxima a obtener será de 10,00 puntos, consistirá
en la valoración de los méritos que acrediten los aspirantes, conforme al baremo y puntuación
que se establece a continuación:
A. Experiencia profesional (máximo 6,00 puntos):
- A.1. Servicios prestados como personal laboral o funcionario interino en la plaza de Auxiliar
de Escuela Infantil del Ayuntamiento de Peraleda de la Mata objeto de estabilización de la
presente convocatoria, a razón de 0,050 puntos por cada mes completo de servicio, al
tratarse de un proceso de estabilización de empleo temporal.
- A.2. Servicios prestados en cualquier Administración Pública Local como personal laboral o
funcionario interino en puestos de trabajo de igual o similar naturaleza a la del objeto de la
presente convocatoria, a razón de 0,025 puntos por cada mes completo de servicio.
- A.3. Servicios prestados en otras Administraciones del Sector Público como personal laboral
o funcionario interino en puesto de trabajo de igual o similar naturaleza a la del objeto de la
presente convocatoria, a razón de 0,015 puntos por cada mes completo de servicio.
La prestación de servicios a tiempo parcial se computará como jornada completa, siempre que
la jornada sea igual o superior al 50% de esta, no teniéndose en cuenta estos, en el caso de que
la jornada parcial sea inferior al 50%.
Los servicios prestados que se acrediten en años se transformarán en meses, a razón de doce
meses por año y los expresados en días se transformarán en meses, a razón de treinta días
naturales por mes. Los días que, tras practicar estas operaciones, resulten sobrantes, quedarán
descartados a todos los efectos.
En el supuesto de que se hayan simultaneado dos o más contratos en las mismas fechas, se
valorará únicamente aquél del que se derive la puntuación más favorable para la persona
aspirante.
La experiencia profesional en Administraciones Públicas se acreditará con Informe de la Vida
laboral expedido por la Seguridad Social, acompañada de la certificación de los servicios
prestados expedida por el órgano competente a tal fin, en la que, en su caso, conste la categoría
profesional o de la que se desprenda que han desempeñado funciones vinculadas a la categoría
profesional objeto de la convocatoria, con expresión del tiempo que ha venido desempeñando y
relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo. Será imprescindible
ambos documentos para que dicha experiencia pueda ser valorada.
B. Formación (máximo 4,00 puntos):
CVE:
BOP-2022-6647
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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